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TSJ

AS/0628/2013

Tribunal Supremo de Justicia
13 de noviembre de 2013Penal LiquidadoraMag. Willam Eduardo Alave Laura
Proceso
Abuso Deshonesto. (art. 312 del Código Penal)
Sala
Penal Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL LIQUIDADORA

AUTO SUPREMO Nº 628/2013

Fecha: Sucre, 13 de noviembre de 2013

Expediente: 119/11

Distrito: Santa Cruz

Partes: Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y

Adolescencia C/ Ronald Félix Ribero

Delito : Abuso Deshonesto. (art. 312 del Código Penal)

Recurso: Casación

VISTOS: (Del recurso en cuestión)

Dispuso Anular totalmente la Sentencia y Ordenar la Reposición del Juicio por El Recurso de Casación planteado por Ronald Félix Gonzales Ribero de fs. 209 a 211 vta., impugnando el Auto de Vista Nº 61/2011 de 15 de junio de 2011 cursante de fs. 203 a 206 vta. de obrados, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Deshonesto, previsto y sancionado por el art. 312 del Código Penal, los antecedentes de la causa; y,

CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)

Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:

Con base a la acusación fiscal de fs. 7 a 10 y particular de fs. 25 a 27 de obrados, previa la sustanciación del juicio oral, el Tribunal Octavo de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Sentencia N° 19 de 14 de agosto de 2010 (fs. 164 a 170 vta.), declaró a Ronald Félix Gonzales Rivero, absuelto de pena y culpa de la comisión del delito de Abuso Deshonesto, previsto y sancionado por el art. 312 del Código Penal.

Que, ante esta Sentencia, La Defensoría de la Niñez y Adolescencia de fs. 178 a 180 vta., planteó Recurso de Apelación Restringida mismo que previo cumplimiento del procedimiento establecido por los arts. 407 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, el 15 de junio de 2011 (fs. 203 a 206 vta.), la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dictó Auto de Vista declarando Admisible y Procedente el Recurso de Apelación Restringida interpuesto, anulando totalmente la Sentencia absolutoria ordenando la reposición de juicio por otro Tribunal de Sentencia llamado por Ley.

Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Ronald Félix Gonzales Ribero, mediante memorial presentado el 09 de noviembre de 2011 (fs. 209 a 211 vta.), planteó Recurso de Casación contra el Auto de Vista precitado de acuerdo a los siguientes argumentos.

CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento de casación)

Del estudio del Recurso de Casación, como motivos del mismo se tiene las siguientes:

Denuncia defectos absolutos que implicarian violación al debido proceso, derecho a la defensa, derecho a la contradicción, incongruencia y vulneración del art. 163 num. 3) del Código de Procedimiento Penal, señalando:

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia
Demandado
Ronald Félix Ribero
Proceso
Abuso Deshonesto. (art. 312 del Código Penal)
Magistrado relator
Willam Eduardo Alave Laura
Tribunal Supremo de Justicia13 de noviembre de 2013AS/0628/2013Fuente oficial