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TSJReiteradora

AS/0631/2020

Tribunal Supremo de Justicia
2 de diciembre de 2020Civil

Máxima

CONGRUENCIA INTERNA/ Referido a que, si la resolución es comprendida como una unidad congruente, en ella se debe cuidar un hilo conductor que…

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Resumen del caso

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Apelación / Resolución / Principio de congruencia / Vulneración

El recurrene acusa que el Auto de Vista al anular obrados, infringió los arts. 265.I del Código Procesal Civil y los arts. 452 num. 4), 454, 291.II del Código Civil, e inclusive el art. 115.I de la CPE, ya que no resolvió los agravios resumidos en el considerando I de la resolución de alzada, tambié…

Proceso
Cumplimiento de contrato.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 631/2020

Fecha: 02 de diciembre de 2020

Expediente: CH-37-20-S.

Partes: Mauricio Javier Balanza Calderón representado por Jaime Jorge

Balanza Calderón c/ María Isabel Rives Fernández.

Proceso: Cumplimiento de contrato.

Distrito: Chuquisaca.

VISTOS: El recurso de casación planteado por Mauricio Javier Balanza Calderón cursante de fs. 131 a 138, impugnando el Auto de Vista S.C.C. II Nº 124/2020 de 7 de septiembre cursante fs. 127 a 128 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso de cumplimiento de contrato seguido por el recurrente contra María Isabel Rives Fernández; el Auto de concesión de 14 de octubre a fs. 142; el Auto Supremo de Admisión Nº 473/2020-RA de 23 de octubre de fs. 147 a 149 vta., todo lo inherente; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Mauricio Javier Balanza Calderón representado legalmente por Jaime Jorge Balanza Calderón formuló demanda ordinaria de cumplimiento de contrato mediante memorial de fs. 17 a 21 vta., contra María Isabel Rives Fernández quien una vez citada de fs. 46 a 49 contestó en forma negativa y planteó excepción de demanda interpuesta antes de ocurrido el cumplimiento del término o cumplimiento de la condición; tramitada la causa, la Juez Público Séptimo en lo Civil y Comercial de Sucre dictó la Sentencia N° 119/2019 de 7 de agosto de fs. 87 a 90, por la que declaró PROBADA la demanda de cumplimiento de contrato verbal de venta de inmueble consiguientemente, dispuso: 1. Cumplir con el contrato verbal de transferencia de inmueble en los términos acordados por las partes, de acuerdo a la intención del momento, es decir, que la demandada obtenga el financiamiento del Banco Bisa S.A. en el plazo de diez días y suscribir la minuta definitiva de compra venta del departamento D-10 y zona de parqueo P-16 del edificio “Roles” de calle Ladislao Cabrera N° 8 de la ciudad de Sucre, efectuar el pago restante del valor del inmueble y liberar al comprador de la obligación que mantiene con el Banco Bisa. S.A. 2. Reconoció el pago parcial de $us 43.763 como parte de pago total de la venta de $us 140.000 más los pagos mensuales efectuados en Banco Bisa S.A, como parte de pago por la transferencia del inmueble efectuado en forma verbal.

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Datos del proceso

Demandante
Mauricio Javier Balanza Calderón representado por Jaime Jorge Balanza Calderón
Demandado
María Isabel Rives Fernández.
Proceso
Cumplimiento de contrato.
Tribunal Supremo de Justicia2 de diciembre de 2020AS/0631/2020Fuente oficial