Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 639/2021
Sucre, 26 de octubre de 2021
Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 488/2021
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Olvis Eguez Oliva
VISTOS: El recurso de casación de fs. 244 a 247, interpuesto por Daniel Julián Aranibar Céspedes, en representación legal de la Asociación Departamental de Productores de Leche de Cochabamba (ADEPLEC), impugnando el Auto de Vista Nº 224/2020 de 18 de diciembre, de fs. 232 a 237, emitido por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso laboral por pago de beneficios sociales, seguido por José Marcelo Cayami Pinto contra la parte recurrente; el Auto Interlocutorio de 22 de julio de 2021 de fs. 250, que concedió el recurso de casación, el Auto Nº 488/2021-A de 24 de agosto de fs. 257 y vta., que admitió el recurso; los antecedentes del proceso; y
ANTECEDENTES DEL PROCESO.
I.1. Sentencia.
Tramitado el proceso laboral por pago de beneficios sociales, la Juez de Partido de Trabajo, Seguridad Social Primero de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió la Sentencia N° 44/2020 de 15 de junio, cursante de fs. 214 a 216 vta., que declaró PROBADA en parte la demanda de fs. 1 a 2, 5 y vta., sin costas.
Disponiendo en consecuencia, que la parte demandada pague en favor del actor, la suma de Bs.48.600,00.- (cuarenta y ocho mil seiscientos 00/100 bolivianos), por los siguientes conceptos:
Tiempo de Servicios: 3 años, 9 meses y 28 días
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 2.163,00.-
Indemnización: Bs. 8.276,00.-
Desahucio: Bs. 6.489,00.-
Bono de antigüedad: Bs. 2.214,00.-
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