Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 642/2020-RA
Sucre, 26 de octubre de 2020
Expediente : La Paz 100/2020
Parte Acusadora : Ministerio Público y Nancy Verónica Mamani Flores
Parte Imputada : Antonio Romero y Damiana Quispe Chura
Delitos : Acoso Político Contra Mujeres y Violencia Política Contra Mujeres
RESULTANDO
Por memoriales de casación presentados el 29 de junio de 2020; y, 13 de julio de 2020, cursantes de fs. 1347 a 1353 vta.; y, de fs. 1393 a 1400 vta., Antonio Romero; y, Damiana Quispe Chura; respectivamente, impugnan el Auto de Vista 111/2019 de 25 de septiembre, de fs. 1280 a 1294 vta., pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Nancy Verónica Mamani Flores contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Acoso Político Contra Mujeres y Violencia Política Contra Mujeres, previstos y sancionados por el art. 148 bis. y ter. del Código Penal (CP), respectivamente.
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Por Sentencia 55/2017 de 18 de septiembre (fs. 481 a 488), el Tribunal de Sentencia Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer Primero, del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a: Antonio Romero y Damiana Quispe Chura, autores de la comisión del delito de Violencia Política Contra Mujeres, previsto y sancionado por el art. 148 ter. del CP, imponiendo la pena privativa de libertad al primero tres años; y, a la segunda cuatro años, a ambos más el pago de costas a favor del Estado y costas y reparación del daño civil a favor de la víctima a determinarse en ejecución de sentencia; asimismo, los absolvió a ambos acusados de la comisión del delito de Acoso Político Contra Mujeres, tipificado por el art. 148 bis del CP, en razón a la insuficiencia de la prueba.
Contra la mencionada Sentencia, formularon recursos de apelación restringida, la acusada Damiana Quispe Chura (fs. 1129 a 1148 vta.), que previo memorial de subsanación (fs. 1247 a 1269 vta.), y el acusado Antonio Romero (fs. 1150 a 1162), que previo memorial de subsanación (fs. 1231 a 1246); respectivamente, fueron resueltos por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista 111/2019 de 25 de septiembre, que declaró admisibles e improcedentes las apelaciones planteadas; en cuyo mérito, confirmó la Sentencia apelada.
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