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AS/0649/2020

Tribunal Supremo de Justicia
4 de diciembre de 2020Civil

Máxima

EL HEREDERO NO ES UN TERCERO EN LA SIMULACIÓN/ Al adquirir los derechos por sucesión…

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Resumen del caso

Derecho Civil / Derecho Civil Sustantivo / Contratos / Ineficacia e invalidez / Nulidad y anulabilidad / Nulidad / Por simulación

El recurrente acusó aplicación indebida del art. 545.II del Código Civil, e incorrecta fundamentación, al exigir contradocumento al demandante, expresó que al no ser parte del contrato suscrito el 01 de septiembre, resulta ser un tercero, por lo que debió aplicarse el parágrafo I de la norma citada,…

Proceso
Nulidad de documento por simulación absoluta.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 649/2020

Fecha: 04 de diciembre de 2020

Expediente: CB-34-20-S.

Partes: Jaime Humberto Valdivia Contreras c/ Mario Iván Rojas Contreras.

Proceso: Nulidad de documento por simulación absoluta.

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 258 a 260, interpuesto por Jaime Humberto Valdivia Contreras, contra el Auto de Vista REG/S.CII/SEN.077 de 22 de julio de 2020, de fs. 250 a 255, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso ordinario de nulidad de documento por simulación absoluta seguido por el recurrente contra Mario Iván Rojas Contreras, la contestación de fs. 267 a 273, el Auto de concesión de 30 de septiembre de 2020 a fs. 274, el Auto Supremo de Admisión Nº 462/2020-RA de 23 octubre de fs. 280 a 281 vta., todo lo inherente, y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Jaime Humberto Valdivia Contreras mediante memorial de fs. 11 a 14 vta., subsanado a fs. 18, de fs. 24 a 25, planteó demanda de nulidad de documento por simulación absoluta contra Mario Iván Rojas Contreras, quien una vez citado de fs. 79 a 85 vta., contestó negando los extremos de la misma; desarrollándose así el proceso hasta el pronunciamiento de la Sentencia Nº 103/2017 de 14 de agosto, cursante de fs. 204 a 215 vta., donde la Juez Público Civil Comercial N° 14 de Cochabamba, declaró IMPROBADA la demanda formulada por Jaime Humberto Valdivia Contreras.

2. Resolución de primera instancia que alcanzó la interposición del recurso de apelación del demandante mediante memorial cursante de fs. 218 a 221 vta., a tal efecto, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de justicia de Cochabamba emitió el Auto de Vista REG/S.CII/SEN.077 de 22 de julio de 2020, cursante de fs. 250 a 255, por el que CONFIRMÓ la Sentencia N° 103/2017 de 14 de agosto, determinación asumida en función a los siguientes argumentos:

Corresponde al apelante demostrar que la venta realizada era una simulada bajo las reglas y elementos constitutivos de esa figura jurídica y no limitarse a acusar que el precio consignado en el documento es diferente al acordado, ya que si bien demuestra este hecho, pero no es un elemento para demostrar la simulación del contrato, ya que el elemento probatorio determinante es el contradocumento u otra documental que permita describir que el acto fue simulado como exige el art. 545.1 I del Código Civil, prueba ausente e inexistente en el proceso, lo que torna inviable su pretensión. Además, el demandante no aparejó documento que acredite que el negocio efectuado entre su mandante y hermanastro fue ficto o con la finalidad de engañar a terceros, al contrario, en la prueba de fs. 63 a 72 consistente en contratos de arrendamiento, el demandante reconoce la titularidad del demandado sobre el inmueble objeto de litis.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Jaime Humberto Valdivia Contreras, mediante memorial cursante de fs. 258 a 260, recurso que es objeto de análisis.

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Datos del proceso

Demandante
Jaime Humberto Valdivia Contreras
Demandado
Mario Iván Rojas Contreras.
Proceso
Nulidad de documento por simulación absoluta.
Tribunal Supremo de Justicia4 de diciembre de 2020AS/0649/2020Fuente oficial