Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 659
Sucre, 14 de noviembre de 2019
Expediente : 451/2018
Demandante : Geobene Ivoney Sierra Garnica
Demandado : Corporación Minera de Bolivia
Proceso : Pago de beneficios sociales
Distrito : La Paz
Primera Relatora : Magistrada María Cristina Díaz Sosa
Segundo Relator : Magistrado Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación, de fs. 301 a 303, interpuesto por la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL), representada por Katherine Silvia Garnica Rivas, contra el Auto de Vista N° 067/2018 SSA-II de 21 de agosto, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, de fs. 292 a 293; dentro del proceso de pago de beneficios sociales interpuesto por Geobene Ivoney Sierra Garnica, contra el corporación recurrente; el memorial de respuesta, de fs. 306; el Auto Nº 204/2018 SSA.II de 10 de octubre de 2018, que concedió el recurso de casación (fs. 308); el Auto de 1 de noviembre de 2018 (fs. 314), por el cual se declara admisible el recurso de casación, los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia.
El Juez Quinto del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 103/2016 de 22 de julio, de fs. 271 a 275, declarando probada en parte la demanda; disponiendo que la corporación demandada cancele a favor de la actora la suma de Bs.8.729,81.- (ocho mil setecientos veintinueve 81/100 bolivianos), por concepto de beneficios sociales detallados en dicho fallo; incluido a este monto la multa del 30% prevista en el D.S. Nº 28699 de 1 de mayo de 2006.
Auto de Vista.
En conocimiento de la Sentencia, COMIBOL a través de Katherine Silvia Garnica Rivas interpuso recurso de apelación, de fs. 278 a 280; resuelto por el Auto de Vista N° 067/2018 SSA-II de 21 de agosto, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, de fs. 292 a 293, confirmando la Sentencia emitida primera instancia.
II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN:
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