Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CIVIL
Auto Supremo: 672/2020-RA
Fecha: 8 de diciembre de 2020
Expediente: LP-108-20-S.
Partes: Mónica del Carmen Soliz de Cuenca c/ Leonardo Javier Soliz Rodríguez y
Jorge Remmy Siles Cajas (Ex notario de Fe Pública).
Proceso: Anulabilidad de testamento de abierto.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 337 a 341 vta., interpuesto por Leonardo Javier Soliz Rodríguez, contra el Auto de Vista Nº S-424/2019 de 30 de agosto, cursante de fs. 333 a 335, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de anulabilidad de testamento abierto, interpuesto por Mónica del Carmen Soliz de Cuenca contra el recurrente y Jorge Remmy Siles Cajas (Ex notario de Fe Pública); el Auto de concesión del recurso de 13 de septiembre de 2018, cursante a fs. 309; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Mónica del Carmen Soliz de Cuenca mediante memorial de fs. 139 a 141 vta., modificada y ampliada por memorial de fs. 145 a 148, planteó proceso de anulabilidad de testamento abierto, seguido contra Leonardo Javier Soliz Rodríguez y Jorge Remmy Siles Cajas (Ex notario de Fe Pública), quienes una vez citados, el primero contestó negativamente a la demanda mediante memorial de fs. 153 a 154, en cambio el segundo fue declarado rebelde mediante Auto a fs. 156 y vta., desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia Nº 247 “A”/2016 de 22 de junio, cursante de fs. 254 a 256 vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial Nº 11 de la ciudad de La Paz declaró PROBADA la demanda principal; en consecuencia dispuso que se anule el testamento abierto otorgado por María Paz Rodríguez Rodríguez correspondiente a la Escritura Pública Nº 397/2012 de 17 de marzo.
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Leonardo Javier Soliz Rodríguez a través del memorial de fs. 261 a 264; originó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº S-69/2018 de 16 de febrero, cursante de fs. 286 a 287, declarando INADMISIBLE la citada apelación, manteniendo firme y subsistente la sentencia apelada.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por el codemandado Leonardo Javier Soliz Rodríguez a través del memorial de fs. 297 a 301 vta., dio lugar que la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, emita el Auto Supremo Nº 411/2019 de 24 de abril, cursante de fs. 319 a 324, que ANULÓ el Auto de Vista Nº S-69/2018 de 16 de febrero, cursante de fs. 286 a 287, disponiendo que se emita nuevo Auto de Vista en base a los fundamentos precedentemente expuestos.
4. De conformidad a lo dispuesto por el Auto Supremo Nº 411/2019 de 24 de abril, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº S-424/2019 de 30 de agosto, cursante de fs. 333 a 335, CONFIRMANDO la Sentencia Nº 247 “A”/2016 de 22 de junio, cursante de fs. 254 a 256 vta., con costas en previsión de los arts. 218. II num 2) y 223. IV num 2) de la Ley Nº439.
5. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por el codemandado Leonardo Javier Soliz Rodríguez a través del memorial de fs. 337 a 341 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
Mostrando 18 de 36 parrafos.