Volver a sentencias
TSJ

AS/0674/2017-RA

Tribunal Supremo de Justicia
4 de septiembre de 2017PenalMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Conducta Antieconómica Culposa
Sala
Penal
Año
2017

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL

AUTO SUPREMO Nº 674/2017-RA

Sucre, 04 de septiembre de 2017

Expediente : Potosí 30/2017

Parte Acusadora : Ministerio Público y otro

Parte Imputada : Adrián Marcani Carvajal

Delito : Conducta Antieconómica Culposa

RESULTANDO

Por memorial presentado el 5 de junio de 2017, cursante de fs. 260 a 262 vta., Adrián Marcani Carvajal, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 49/2016 de 7 de noviembre de fs. 240 a 243 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el Gobierno Municipal de Ocurí contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Conducta Antieconómica Culposa, previsto y sancionado por el art. 224-II del Código Penal (CP).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia 03/2016 de 16 de febrero (fs. 147 a 150), el Tribunal de Sentencia de Llallagua del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, mediante Procedimiento Abreviado declaró a Adrián Marcani Carvajal, autor de la comisión del delito de Conducta Antieconómica Culposa, previsto y sancionado por el art. 224-II del CP, imponiendo la pena de siete meses de reclusión.

b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Adrián Marcani Carvajal interpuso recurso de apelación restringida (fs. 161 a 165 vta.), que previo memorial de subsanación (fs. 223 a 224 vta.), fue resuelto por Auto de Vista Nº 49/2016 de 7 de noviembre, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que declaró improcedente el recurso planteado y confirmó la Sentencia apelada, siendo rechazada la solicitud de complementación y enmienda del acusado, mediante Resolución de 15 de marzo de 2017 (fs. 249).

c) Por diligencia de 30 de mayo de 2017 (fs. 250), el recurrente fue notificado con la última Resolución de alzada; y, el 5 de junio del mismo año, interpuso el recurso de casación, que es objeto del presente análisis de admisibilidad.

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACION

Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

El recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, contradijo los Autos Supremos 99/2011 de 25 de febrero, 190/2012 de 2 de agosto, 82/2012 de 19 de abril y 326/2012 de 12 de noviembre, pues debe considerarse que se le impuso la sanción de 7 meses de privación de libertad, por conducta subsumida en el art. 224, segunda parte del CP, sin observar lo que expresan los arts. 37, 38 y 40 del CP, aduciendo que el hecho se produjo en la gestión 2009, antes de la reforma contenida en la Ley 004 de 31 de marzo de 2010. Indica que fue aceptada la aplicación del procedimiento abreviado y por tanto “la autoridad judicial no puede condenar con pena superior a la requerida por el fiscal” (sic), además que no existe disposición legal que prohíba sancionar con pena inferior; sin embargo, el Auto de Vista hubiera agravado su situación, al no fundamentar nada al respecto, señalando simplemente que el “TRIBUNAL DE GRADO”, obró correctamente sin señalar porqué, incumpliendo el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP), en consecuencia, reitera que al haberse confirmado la Sentencia apelada, se contradijo los precedentes ya señalados. Además de contravenir los arts. 8, 9 124, 169-3) del CPP, arts. 37, 38, 40 y 224 segunda parte del CP, arts. 117, 115-I, 121 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE), haciéndose presente el defecto absoluto “imposible de convalidar” previsto en el art. 169 inc. 3) del CPP.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

Mostrando 19 de 38 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Sentencias completas del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y otro
Demandado
Adrián Marcani Carvajal
Proceso
Conducta Antieconómica Culposa
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán
Tribunal Supremo de Justicia4 de septiembre de 2017AS/0674/2017-RAFuente oficial