Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 675/2024-RA
Fecha: 24 de junio de 2024
Expediente: LP-102-24-S
Partes: Rosa Blanca Canaviri Tintaya c/ Lenny Rosaura Canaviri Gutiérrez.
Proceso: División y partición de bienes hereditarios.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 635 a 637 vta., interpuesto por Lenny Rosaura Canaviri Gutiérrez contra el Auto de Vista N° 13/2024, de 26 de enero, corriente de fs. 630 a 633, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de división y partición de bienes hereditarios, seguido por Rosa Blanca Canaviri Tintaya contra la recurrente; el Auto de concesión de 17 de abril de 2024, visible a fs. 652, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
Rosa Blanca Canaviri Tintaya por memorial de demanda que discurre de fs. 57 a 62, subsanada por escrito cursante de fs. 98 a 101 promovió el proceso ordinario de división y partición de bienes hereditarios, contra Lenny Rosaura Canaviri Gutiérrez, quien una vez citada por documental de fs. 205 a 206 vta., planteó incidente de nulidad de citación; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 295/2022, de 07 de septiembre, por la que la Juez Público, Civil y Comercial 16° de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA la demanda principal disponiendo lo siguiente: “Al no admitir cómoda división y partición de forma individualizada los bienes inmuebles (locales comerciales), objeto del presente proceso.
En ejecución de la presente resolución se proceda a la subasta publica y su producto sea repartido a cada una de las co propietarias en porción de la cuota que les corresponde vale decir al 50% para ROSA BLANCA CANAVIRI TINTAYA, con cedula de identidad 6955620 L.P., y de igual modo el 50% para LENNY ROSAURA CANAVIRI GUTIERREZ con C.L. No. 4911119 LP y sea sobre la base del avaluó pericial comercial cursante a fs. 337 a 358 de obrados” sic. (ver fs. 448).
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Lenny Rosaura Canaviri Gutiérrez según memorial de fs. 470 a 473 vta., originó que la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 13/2024, de 26 de enero, corriente de fs. 630 a 633, donde CONFIRMÓ la sentencia apelada.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por la recurrente según escrito visible de fs. 635 a 637 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
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