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AS/0676/2020

Tribunal Supremo de Justicia
8 de diciembre de 2020Civil

Máxima

ELEMENTOS DE LA POSESIÓN/ El corpus, que es la aprehensión material de la cosa y, el animus, que se entiende como el hecho de manifestarse como propietario de la cosa…

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Resumen del caso

Derecho Civil / Derecho Civil Sustantivo / Derechos Reales / Usucapión / Demanda / Requisitos / La posesión

La recurrente señala que el Auto de Vista valoró y extrajo de las declaraciones testificales la posesión hábil, pública, pacífica y continuada del actor, empero de la revisión del acta de fs. 150 a 152 consta que ninguno de los testigos de cargo ha declarado que el actor esté en posesión pacífica y …

Proceso
Usucapión decenal.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 676/2020

Fecha: 08 de diciembre de 2020

Expediente: CH-39-20-S.

Partes: Pedro Cailloma Varón c/ Martha Cailloma Varón.

Proceso: Usucapión decenal.

Distrito: Chuquisaca.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 318 a 329 vta., interpuesto por Martha Cailloma Varón, impugnando el Auto de Vista S.C.C. II Nº 114/2020 de 20 de marzo, cursante de fs. 310 a 312 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro el proceso ordinario sobre usucapión, seguido por Pedro Cailloma Varón contra la recurrente; el Auto de concesión de 14 de octubre de 2020 a fs. 335; el , de admisión de recurso; todo lo inherente; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Pedro Cailloma Varón mediante memorial cursante de fs. 26 a 31, modificado a fs. 42 y vta., demandó usucapión decenal contra Martha Cailloma Varón, quien una vez citada contestó la demanda en forma negativa por escrito de fs. 112 a 118 vta.; tramitado el proceso ordinario el Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal N° 1 de Villa Serrano del departamento de Chuquisaca dictó Sentencia N° 09/19 de 02 de julio, cursante de fs. 252 a 257, declarando PROBADA la demanda principal, reconociendo a Pedro Cailloma Varón el derecho de propiedad sobre la fracción del bien inmueble con Matrícula registrada en folio real N° 1.08.1.05.0000082, sobre 225 m2 del inmueble sito en avenida Mauro Núñez s/n de la localidad de Villa Serrano.

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Datos del proceso

Demandante
Pedro Cailloma Varón
Demandado
Martha Cailloma Varón.
Proceso
Usucapión decenal.
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina
Tribunal Supremo de Justicia8 de diciembre de 2020AS/0676/2020Fuente oficial