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AS/0685/2020

Tribunal Supremo de Justicia
8 de diciembre de 2020Civil

Máxima

COMPETENCIA EN MATERIA CIVIL Y AGROAMBIENTAL RESPECTO AL DESTINO DE LA PROPIEDAD/ La propiedad de un bien inmueble en materia civil está destinada al uso de vivienda en centros poblados o urbanos, por lo que…

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Resumen del caso

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Elementos comunes de procedimiento / Judicatura civil / Incompetencia / Por pretensión en materia agraria

La parte recurrente denuncia que el fallo de segunda instancia habría causado una dualidad de competencias, transgrediendo el principio de unidad jurisdiccional y que se efectuó una errónea interpretación y aplicación de los arts. 23 y 41 de la Ley N° 3545 que sustituye los nums. 7 y 8 del art. 39 d…

Proceso
Nulidad de minuta de transferencia y resarcimiento por hecho ilícito.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A  C I V I L

Auto Supremo: 685/2020

Fecha: 08 de diciembre de 2020

Expediente: SC-53-20-S

Partes: Pura Mendoza Zarco de Ortiz representada por Víctor Hugo Aliaga c/

Eduardo Apaza Tecollano y Esther Carrasco Benavides.

Proceso: Nulidad de minuta de transferencia y resarcimiento por hecho ilícito.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 998 a 1014,  interpuesto por Pura Mendoza Zarco de Ortiz representada legalmente por Víctor Hugo Aliaga contra el Auto de Vista No. 34/2020 de 28 de julio de fs. 795 a 798, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia e Intrafamiliar y Público Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso sobre Nulidad de minuta de transferencia y resarcimiento por hecho ilícito, seguido por la recurrente contra Eduardo Apaza Tecollano y Esther Carrasco Benavides; la contestación de fs. 1020 a 1023, Auto de Concesión de fs. 1024, Auto Supremo de Admisión N° 433/2020-RA de fs. 1031 a 1032 vta.; todo lo inherente; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Con base en el memorial de demanda de fs. 113 a 121 subsanada de fs. 123 a 127 vta., se inició proceso de Nulidad de transferencia y resarcimiento por hecho ilícito; demanda que fue dirigida contra Eduardo Apaza Tecollano y Esther Carrasco Benavides, quienes una vez citados por escrito de fs. 138 a 144 vta., respondieron a la demanda en forma negativa y opusieron excepción de falta de legitimación activa, tramitada la causa, el Juez Público Civil y Comercial N° 30 de la ciudad de Santa Cruz dictó la Sentencia Nº 164/2019 de 15 de octubre, cursante de fs. 761 vta. a 768, en la que declaró PROBADA la demanda, en cuanto a la nulidad de la transferencia IMPROBADA en cuanto al resarcimiento por hecho ilícito.

2. Resolución de primera instancia que fue recurrida en apelación por Eduardo Apaza Tecollano y Esther Carrasco Benavides mediante memorial de fs. 769 a 773 vta., que fue resuelto mediante Auto de Vista Nº 34/2020 de 28 de julio de fs. 795 a 798, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia e Intrafamiliar y Público Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que en su parte dispositiva ANULÓ obrados hasta la admisión de la demanda de 25 de enero de 2019 de fs. 33, disponiendo el archivo de obrados, salvando el derecho de la parte para que pueda acudir a la vía establecida por ley, bajo el siguiente argumento:

De la revisión del Informe Legal DDSC-UDAJ-INF N° 124/2019 de 3 de junio de fs. 413 a 415 indica que el predio “Quinta El Palmar” de propiedad de los demandados Eduardo Apaza Tecollano y Esther Carrasco Benavides se encuentra ubicado en el polígono 371, del Municipio de Santa Cruz de la Sierra, provincia Andres Ibañez, asimismo dicho medio probatorio certifica que dicha propiedad se encuentra dentro el área rural y no urbana, aspecto corroborado por la certificación de fs. 666 y de acuerdo al y el art. 39.8 de la Ley N° 1715 modificada por la Ley N° 3545 determina la jurisdicción agroambiental donde se encuentra el caso de autos.

Añaden que, si bien no se opuso excepción, advierten que esta circunstancia debió ser observada de oficio por el Juez A quo al rechazar el incidente de nulidad, y que de acuerdo a los arts. 122 y 410.I de la CPE corresponde la anulación de obrados hasta su admisión.

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Datos del proceso

Demandante
Pura Mendoza Zarco de Ortiz representada por Víctor Hugo Aliaga
Demandado
Eduardo Apaza Tecollano y Esther Carrasco Benavides.
Proceso
Nulidad de minuta de transferencia y resarcimiento por hecho ilícito.
Magistrado relator
Juan Carlos Berrios Albizu
Tribunal Supremo de Justicia8 de diciembre de 2020AS/0685/2020Fuente oficial