Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 688/2020
Fecha: 09 de diciembre de 2020
Expediente: SC-31-18-S.
Partes: Richard Mendoza Barreto c/ Santiago Días Sánchez y Empresa de Alimentos Naturales LATCO Internacional S.A. representado por Max García Camacho.
Proceso: Cumplimiento de contrato.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 463 a 464 vta., interpuesto por la Empresa de Alimentos Naturales LATCO Internacional S.A., a través de su representante legal Max García Camacho, contra el Auto de Vista Nº 5/2018 de 05 de enero cursante de fs. 459 a 461 pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso ordinario de cumplimiento de contrato seguido por Richard Mendoza Barreto contra la empresa recurrente y Santiago Días Sánchez; el Auto de concesión de 05 de marzo de 2018 a fs. 470; el Auto Supremo de Admisión N° 149/2018-RA de 19 de marzo, de fs. 477 a 478; la de fs. 708 a 723; todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Richard Mendoza Barreto planteó demanda de cumplimiento de contrato y pago de daños y perjuicios por memorial de fs. 43 a 45, contra la Empresa de Alimentos Naturales LATCO Internacional S.A., señalando haber suscrito conjuntamente con Santiago Días Sánchez un documento privado de venta de chía en favor de la empresa LATCO Internacional S.A., estableciendo la venta exclusiva de la producción de 300 ha de chía con una producción de 90 toneladas, a ser producidas bajo responsabilidad del vendedor 1 (Santiago Días Sánchez) y vendedor 2 (Richard Mendoza Barreto) a la Empresa LATCO Internacional S.A., en su calidad de comprador y obligándose a pagar el precio de $us. 3.000 por tonelada, Expresó que, hasta el 10 de octubre de 2014, entregó 23.513,87 kgs. de chía, con posterioridad a la fecha indicada, la empresa negó recibir otras entregas y no pagó el precio de la chía entregada llegando al monto de $us. 70.539.
Citada la Empresa de Alimentos Naturales LATCO Internacional S.A., a través de su representante legal Max García Camacho, mediante memorial de fs. 122 a 123 vta., planteó excepciones de obscuridad, contradicción e imprecisión en la demanda, falta de acción y derecho, asimismo contestó a la misma negando las afirmaciones conforme escrito de fs. 132 a 134 vta.; Santiago Días Sánchez, se apersonó mediante memorial de fs. 161 a 162 manifestándose sobre la demanda interpuesta.
Tramitada la causa el Juez Público Civil y Comercial Tercero de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra pronunció la Sentencia Nº 47/2017 de 24 de febrero de fs. 428 a 430, declarando IMPROBADA la demanda de cumplimiento de contrato más pago de daños y perjuicios.
2. Impugnada la resolución de primera instancia, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz por Auto de Vista Nº 5/2018 de 5 de enero de fs. 459 a 461, resolvió REVOCAR la Sentencia, y deliberando en el fondo declaró PROBADA la demanda de fs. 43 a 45, debiendo la empresa demandada LATCO INTERNACIONAL S.A. realizar el pago en la suma de $us. 70.539,00 a favor del demandante Richard Mendoza Barreto, dentro de tercer día de ejecutoriada la resolución, bajo prevenciones de procederse a la subasta de bienes muebles e inmuebles que reconozcan ser de propiedad de la empresa demandada hasta cubrir lo adeudado. En lo referente a la cuantía de los daños y perjuicios, dispuso que los mismos serán calculados en ejecución de sentencia.
Mostrando 15 de 75 parrafos.