Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 692/2020
Fecha: 09 de diciembre de 2020
Expediente: LP-81-20-S
Partes: Isabel María Villarrubia Pardo y otro c/ Abimael Rodrigo Téllez Cruz y Rosa Trinidad López Roque y Carla Lorena López Reque.
Proceso: Reivindicación.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 831 a 834 vta., interpuesto por Franklin Francisco López Loma, Carla Lorena López Reque y Rosa Trinidad López Reque, contra el Auto de Vista N° S-101/2020 de 14 de febrero, cursante de fs. 823 a 829, pronunciado por Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de reivindicación, seguido por Isabel María Villarrubia Pardo y otro, contra Abimael Rodrigo Téllez Cruz, Rosa Trinidad López Reque y otro, la respuesta cursante de fs. 840 a 843 vta., el Auto de concesión de 02 de octubre de 2020 a fs. 844, el Auto Supremo de admisión N° 559/2020-RA de 17 de noviembre de fs. 852 a 855; todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Isabel María Villarrubia Pardo, Erika Patricia Hilda Silva Villarrubia representadas por María del Carmen Villarrubia Pardo, iniciaron demanda de acción negatoria, reivindicación e inmueble, más pago de daños y perjuicios cursante de fs. 73 a 78 vta., y formalizaron la misma mediante memorial cursante de fs. 101 a 110, contra Abimael Rodrigo Téllez Cruz, Rosa Trinidad López Reque y Carla Lorena López Reque, quienes una vez, citados contestaron negativamente, reconvinieron por usucapión decenal o extraordinaria del inmueble urbano ubicado en la calle Jamaica N° 1094 de la urbanización Mercurio Plan 400, lote 9 manzana E4 con una superficie de 300 m2 de la ciudad de El Alto; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 313/2018 de 28 de junio, cursante de fs. 594 a 597 vta., por la que el Juez Público Civil y Comercial N° 8 de la ciudad de El Alto, declaró PROBADA la demanda interpuesta por María del Carmen Villarrubia Pardo, en representación de Isabel María Villarrubia Pardo y Erika Patricia Hilda Silva Villarrubia, por reivindicación de inmueble, disponiendo:
- 1)La restitución del bien inmueble lote N° 9, manzana E-4, con superficie de 300.00 m2, ubicado en la calle L - Jamaica, de la urbanización Mercurio, de la ciudad de El Alto, registrado bajo la Matrícula N° 2.01.4.01.0135498, a nombre de Isabel María Villarrubia Pardo y Erika Patricia Hilda Silva Villarrubia,
- 2)Se otorgó el plazo de diez días, a partir de la ejecutoria de la sentencia a los demandados Abimael Rodrigo Téllez Cruz, Rosa Trinidad López Reque y Carla Lorena López Reque y al tercero litisconsorte Franklin Francisco López Loma, para que cesen en la posesión del lote de terreno precedentemente detallado, bajo alternativa de expedirse mandamiento de lanzamiento o desapoderamiento.
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Franklin Francisco López Loma, Carla Lorena López Reque y Rosa Trinidad López Reque por memorial cursante de fs. 614 a 625, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº S-101/2020 de 14 de febrero, cursante de fs. 823 a 829, que CONFIRMÓ las Resoluciones N° 199/2018 de 4 de mayo de fs. 550 a 552 vta., la Sentencia N° 467/2018 de 2 de octubre cursante a fs., 746 a 748 y la Sentencia N° 313/2018 de 28 de junio, con costas en previsión de los Arts. 218. I y 223. IV. II de la Ley N° 439, bajo los siguientes argumentos:
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