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TSJ

AS/0709/2014

Tribunal Supremo de Justicia
2 de diciembre de 2014Civil IMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Divorcio.
Sala
Civil I
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 709/2014

Sucre: 02 de diciembre 2014

Expediente: O-46-14-S

Partes: María Luisa Reynaga Beltrán. c/ Javier Gil López.

Proceso: Divorcio.

Distrito: Oruro.

VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 176 a 178, interpuesto por Javier Gil López contra el Auto de Vista Nº 134/2014 de 01 de agosto de 2014 pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, cursante de fs. 145 a 148, en el proceso de Divorcio, seguido por María Luisa Reynaga Beltrán contra Javier Gil López, la contestación de fs. 181 y vta., la concesión de fs. 182, los antecedentes del proceso, y:

CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:

El Juez de Partido Quinto de Familia de la ciudad de Oruro dicta Sentencia Nº 208/13 de 09 de diciembre de 2013, cursante de fs. 120 a 123, declarando: I. Con lugar y Probada demanda de fs. 8 a 9 de obrados interpuesta por María Luisa Reynaga Beltrán, por la causal contenida en el art. 131 del Código de Familia, disponiendo la disolución del vínculo conyugal que une a los esposos Javier Gil López y María Luisa Reynaga Beltrán, por culpa de ambos cónyuges, y la consiguiente cancelación de la cancelación de la Partida Matrimonial. II. Sin Lugar a la asignación alimentaria respecto a la demandada María Luisa Reynaga Beltrán, como efecto de la previsión legal contenida en el art. 143 párrafo tercero del Código de Familia, máxime si no lo solicitó. III. Se fija una Asistencia Familiar de Bs. 600.- en favor de los menores Ibeliz Aleida, Miguel Ángel y Marco de apellidos Gil Reynaga, que el obligado debe cancelar mensualmente. IV. Se otorga la Guarda de los referidos menores en favor de su progenitora. V. Procédase a la división de los bienes gananciales en ejecución de sentencia, previa su comprobación.

Resolución que es apelada por el demandado Javier Gil López, por escrito de fs. 128 y vta., que merece el Auto de Vista Nº 134/2014 de 01 de agosto de 2014, cursante de fs. 145 a 148, que confirma la sentencia apelada, con la aclaración que no se procedió a ingresar a analizar el fondo del recurso por las razones expuestas. Resolución de alzada que es recurrida de casación en la forma y en el fondo por el demandado Javier Gil López, que merece el presente análisis.

CONSIDERANDO II:

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

En la forma:

1. Acusa omisión de Resolución de Excepción:

Transcribiendo los arts. 236 y 254 inciso 4) del Código de Procedimiento Civil, refiere que dentro el recurso de casación presentado por su persona en el punto petitorio 2.- reitera la excepción perentoria de falta de acción y derecho (la incapacidad que le impide como persona y padre de familia el poder sustentar como un buen padre de familia quisiera para sus hijos), que en sentencia y durante la duración del proceso no se ha resuelto ni considerado y que han sido presentadas en tiempo y momento oportuno en el mismo memorial de contestación cursante en fs. 18 del expediente judicial. El art. 343 del CPC en el parágrafo I dice: “Las excepciones perentorias serán resueltas en la sentencia…”, incluso llegando el proceso a instancia superior de apelación tampoco ha sido considerado, ni pronunciado por el Juez de primera instancia así como los jueces de segunda instancia, aun siendo este objeto de la apelación.

En el fondo:

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Criterio

...cuando un litigante ha sufrido agravios mediante la sentencia y no apela de la misma, o al hacerlo contraviniere las exigencias legales de fundamentación de dichos agravios, o no incluye en su recurso todos los agravios, pierde el derecho a recurrir en casación, porque no es aceptable el mismo por el principio del "per saltum" (pasar por alto), puesto que para estar a derecho debe éste agotar legal y correctamente toda la segunda instancia y de esa forma recurrir al medio extraordinario de impugnación que es considerado como de puro derecho (nulidad o casación).

Datos del proceso

Demandante
María Luisa Reynaga Beltrán.
Demandado
Javier Gil López.
Proceso
Divorcio.
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Principios y derechos involucrados / Per saltum
Tribunal Supremo de Justicia2 de diciembre de 2014AS/0709/2014Fuente oficial