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TSJReiteradora

AS/0721/2021

Tribunal Supremo de Justicia
1 de diciembre de 2021Social 1era

Máxima

OBLIGACIÓN DE FUNDAMENTAR ERROR DE HECHO Y DE DERECHO/Además de expresar con claridad y precisión la ley o leyes infringidas, violadas o…

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Resumen del caso

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Casación / Improcedencia /Infundado / Por no demostrar el error de hecho y/o de derecho en la valoración de la prueba / Con documento auténtico

Las entidasdes recurrentes señalararon que el Auto de Vista 037/2021, no hizo una debida apreciación o valoración de las pruebas de descargo y de los argumentos expuestos en el transcurso del proceso, incurriendo en error de derecho y en error de hecho; asimismo en flagrante violación e interpretaci…

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Proceso
Beneficios Sociales

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo N° 721

Sucre, 1° de diciembre de 2021

Expediente : 494/2021-S

Demandante : Sergio Antonio Iriarte Vincenti

Demandado : Fundación San Gabriel

Proceso : Beneficios Sociales

Departamento : La Paz

Magistrado Relator : Lic. José Antonio Revilla Martínez

VISTOS: Los recursos de casación de fs. 313 a 315 vta., y el de fs. 318 a 321 vta., interpuesto por la Fundación San Gabriel representada por Lieselotte Barragan Bauer; y el demandante Sergio Antonio Iriarte Vincenti, respectivamente, contra el Auto de Vista N° 037/2021 de 2 de febrero, emitido por la Sala Social Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz de fs. 308 a 311; dentro del proceso de reliquidación de beneficios sociales seguido por Sergio Antonio Iriarte Vicenti, contra la Fundación San Gabriel; memoriales de contestación a los recursos de fs. 318 a 321 vta. y 325 a 327 vta., respectivamente; el Auto Interlocutorio N° 323/2021 de 15 de julio que concedió el recurso (fs. 328); el Auto de 31 de agosto de 2021, (fs. 380 y vta.) por el que se admitió el recurso de casación interpuesto; y todo cuanto fue pertinente analizar:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Sentencia.

Planteada la demanda de reliquidación de beneficios sociales seguido por Sergio Antonio Iriarte Vicenti y tramitado el proceso, el Juez 2° del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia N° 25 de 30 de enero de 2020 de fs. 279 a 283, declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 32 a 37 subsanada de fs. 40 a 41 vta., disponiendo que la Fundación demandada, cancele la suma de Bs.152.642,94 (Ciento cincuenta y dos mil seiscientos cuarenta y dos 94/100 Bolivianos), por 21 años 9 meses y 16 días de trabajo, con un sueldo promedio indemnizable de Bs.3.213,01, por los conceptos de indemnización, desahucio, sueldos devengados, reintegro enero 2014, vacaciones de las gestiones 2012-203 y duodécimas 2014, doble aguinaldo 2013, multa de 30%, más la actualización en ejecución de Sentencia de conformidad al Decreto Supremo (DS) N° 28699.

Auto de vista.

Interpuesto los recursos de apelación por la Fundación San Gabriel y de Sergio Antonio Iriarte Vinceti de fs. 285 a 287 y de 288 a 291 vta., respectivamente, la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; resolvió el mismo mediante Auto de Vista No 037/2021 de 2 de febrero de fs. 308 a 311 y CONFIRMO, la Sentencia apelada.

Contra el Auto de Vista, la entidad demandada y demandante, interpusieron recurso de casación; ante ello, el Tribunal de Alzada emitió Auto Interlocutorio N° 323/2021 de 15 de julio, cursante a fs. 328, concediendo el recurso.

II. ARGUMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN.

Recurso de casación de la Fundación San Gabriel.

Señaló que mediante los comprobantes de egreso (pago) de junio a diciembre de la gestión 2013 y de enero la gestión 2014, de fs. 53 - 69 de obrados, se evidenció que se canceló al demandante, todos los sueldos correspondientes a la gestión 2013 y lo que le correspondía de la gestión 2014.

Afirmó que, de la planilla correspondiente a abril de 2014 cursantes a fs. 96 - 100 de obrados, se advierte que hasta abril de 2014, el haber básico del demandante era de Bs. 1662, y que la Fundación San Gabriel (en aplicación del Decreto Supremo (DS) N° 1988 de fecha 1 de mayo de 2014) hizo el correspondiente incremento del 10% y el pago de los sueldos.

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Datos del proceso

Demandante
Sergio Antonio Iriarte Vincenti
Demandado
Fundación San Gabriel
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
José Antonio Revilla Martinez
Tribunal Supremo de Justicia1 de diciembre de 2021AS/0721/2021Fuente oficial