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TSJ

AS/0724/2013

Tribunal Supremo de Justicia
2 de diciembre de 2013Social 1eraMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2013

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

Auto Supremo Nº 724

Sucre, 02/12/2013

Expediente: 162/2013-A

Distrito: La Paz

Magistrada Relatora: Norka N. Mercado Guzmán

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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 195 vlta., a 197 interpuesto por Juan Edwin Mercado Claros, Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el Auto de Vista Nº 042/2013 S.S.A.II de 6 de marzo de 2013 de fs. 192 vlta., a 193, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del recurso de reclamación instaurado por Juan Carlos Ticona Mamani en representación legal de Roberto Vidaurre Callata, contra el SENASIR; el Auto de fs. 201 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I: Antecedentes de hecho. Que, dentro del trámite de solicitud de renta única de vejez con reducción de edad interpuesto por Roberto Vidaurre Callata, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 000154 de 8 de enero de 2004 (fs. 48), resolvió desestimar la solicitud de renta única de vejez con reducción de edad interpuesta, con la posibilidad de que el interesado efectúe el trámite de Compensación de Cotizaciones.

Ante esta situación, el solicitante interpuso recurso de reclamación de fs. 81, que fue resuelto por la Comisión de Reclamación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 0551/10 de 30 de noviembre de 2010 (fs. 106 a 110), revocando el Auto Nº 000154 de 8 de enero de 2004, disponiendo se considere como fecha de nacimiento del recurrente el 17 de abril de 1944, otorgándole una Renta Única de Vejez con reducción de edad, a partir de junio de 2005.

En grado de apelación interpuesta por el asegurado (en principio a fs. 139 vlta., a 140 y posteriormente de fs.178 vlta., a 179), por Auto de Vista Nº 042/2013 S.S.A.II de 6 de marzo de 2013 (fs. 192 vlta., a 193), la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmó en parte la Resolución Nº 0551/10 de 30 de noviembre de 2010 de fs. 106 a 110, pronunciada por la Comisión de Reclamación, y dispuso que el SENASIR, otorgue al interesado la Renta Única de Vejez con reducción de edad a partir de mayo de 2001.

Juan Edwin Mercado Claros, Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto del SENASIR, al amparo de lo previsto en los artículos 250, 253, 255 y 257 del Código de Procedimiento Civil (CPC), interpuso recurso de casación en el fondo, contra el ut supra Auto de Vista, en base al tenor del memorial, que cursa en obrados de fs. 195 vlta., a 197, enunciando lo siguiente:

Recurso de casación en el fondo.

Que, el Tribunal de Alzada al momento de apreciar las pruebas, incurrió en error de derecho, por cuanto de la documentación de filiación personal acompañada por el solicitante, se evidencia que fueron modificados con posterioridad a la fecha de corte 30/04/97, determinándose que su fecha de nacimiento es del 17 de abril de 1954.

Que, la Dirección Nacional de Registro Civil, informó que el señor Roberto Vidaurre Callata, contaba con tres partidas, una con fecha 17 de abril de 1944 inscrita por orden judicial y dos con fecha 17 de abril de 1954, una de ellas inhabilitada y otra cancelada por homogeneidad de datos.

Que, en mérito a ello, la Resolución Nº 0551/10 de 30 de noviembre de 2010, al amparo del artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 266 de 25 de mayo de 2005, con carácter ex nunc, le otorgó la renta al solicitante desde junio de 2005.

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Datos del proceso

Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán
Tribunal Supremo de Justicia2 de diciembre de 2013AS/0724/2013Fuente oficial