Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 728
Sucre, 01 de diciembre de 2021
Expediente: 502/2021-R
Demandante: Ruperto Tirado Herbas
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR)
Proceso: Reclamación
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Lic. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 655 a 653 (foliación invertida), interpuesto por Ruperto Tirado Herbas, contra el Auto de Vista N° 306/2020 de 20 de octubre de 2020, de fs. 644 a 643, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro de la Ejecución del Auto de Vista Nº 102/2014-SSA-I de 19 de mayo de 2013 de fs. 471 a 470, que modificó en parte la Resolución de Comisión de Reclamación Nº 264/10 de 25 de junio de fs. 358 a 354 emitida por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR); el proveído de traslado de fs. 656; el responde al recurso de casación de fs. 664 a 658; el Auto Nº 331/2021 de 27 de julio de fs. 658 vta., por el que se concedió el recurso; el Auto de 30 de agosto de 2021 de fs. 720, que admitió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- 1.-Determinación de fondo e impugnación
1.1. Resolución de la Comisión de Calificación de Rentas:
Iniciado el trámite de renta de vejez por Ruperto Tirado Herbas, la Comisión de calificación de rentas del SENASIR, emitió la Resolución Nº 007411 de 13 de abril de 2005 (fs. 64), por la cual resolvió otorgar a favor del solicitante mencionado, renta básica de vejez con reducción de edad, equivalente al 40% de su promedio salarial, en el monto de Bs.596,90., incluidos incrementos de Ley y nivelación, renta a pagarse desde el mes de enero de 2002; y la Resolución Nº 007410 de 13 de abril de 2005 (fs.65), por la que resolvió otorgar a favor del asegurado, pago global complementario con reducción de edad equivalente a Bs25,83 mensualidades de la renta complementaria de vejez con reducción de edad que le hubiere correspondido, en el monto de Bs.6.790,19.-, a pagarse por Única vez.
1.2. Resolución Comisión de Reclamación
Las señaladas resoluciones fueron objeto del recurso de reclamación presentado por el asegurado (fs. 73), que fue resuelto por la Comisión de reclamaciones mediante Resolución Nº 1522 06 de 14 de septiembre de 2006 (fs. 133), por la que modificó en parte la Resolución Nº 007411 de 13 de abril de 2005, emitida por la Comisión de calificación de rentas, disponiendo el "cálculo de la renta básica de vejez al haber incrementado sus cotizaciones a partir de junio/2005 en aplicación del art. 471 del Reglamento del Código de Seguridad (RCSS), manteniendo firme y subsistente la Resolución Nº 007410 de 13 de abril de 2005 que otorga el pago global complementario con reducción de edad.
1.3. Auto de Vista
El beneficiario, interpuso recurso de apelación por memorial de fs. 284 a 285 contra la Resolución Nº 1522 06 de 14 de septiembre, que fue resuelto mediante Auto de Vista Nº 46/07 de 12 de abril de fs. 289, que REVOCÓ en parte la resolución impugnada y dispuso que el SENASIR proceda a la revisión de las cotizaciones efectuadas por el recurrente al sistema complementario y califique está en aplicación de las normas legales.
1.4. Auto Supremo
Contra la decisión de los Vocales, el SENASIR interpuso recurso de casación en el fondo de fs. 292 a 293 que fue resuelto por de fs. 309 a 311, que declaró INFUNDADO el recurso.
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