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TSJ

AS/0737/2013

Tribunal Supremo de Justicia
11 de diciembre de 2013Penal LiquidadoraMag. Maria Lourdes Bustamante Ramírez
Proceso
Tráfico de Sustancias Controladas (Art. 48 con relación al Art. 33 inc. m de la Ley Nº 1008)
Sala
Penal Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL LIQUIDADORA

Auto Supremo Nº: 737/2013

Fecha: Sucre, 11 de diciembre de 2013

Distrito: Cochabamba

Expediente: 138/09

Partes: Ministerio Público contra Jhonny Montaño de la Fuente

Delitos: Tráfico de Sustancias Controladas (Art. 48 con relación al Art. 33 inc. m de la Ley Nº 1008)

Recurso: Casación

____________________________________________________________________

VISTOS: Los Autos correspondientes al recurso de casación cursante de fs. 134 a 138 interpuesto por el procesado impugnando la resolución jurisdiccional contenida en el Auto de Vista de 20 de mayo de 2009 cursante de fs. 116 a 119, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas (Art. 48 con relación al Art. 33 inc. m de la Ley Nº 1008); los antecedentes de la causa; y,

CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia Nº 1 de la ciudad de Cochabamba pronunció la resolución de grado contenida en la Sentencia Nº 06 de 5 de febrero de 2009 registrada de fs. 80 a 84 vlta., declarando al procesado Jhonny Montaño de la Fuente autor de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas (Art. 48 con relación al Art. 33 inc. m de la Ley Nº 1008), siéndole impuesta la pena privativa de libertad de veinte (20) años de presidio en el Penal de “El Abra” de esa ciudad, con costas a favor del Estado y el pago de trescientos (300) días multa a razón de Bs. 2.- por día.

Que, la sentencia de grado pronunciada por el tribunal de la causa fue objeto de impugnación por parte del procesado a través del recurso de apelación restringida saliente de fs. 91 a 101, alegando (1) inobservancia o errónea aplicación de la ley penal sustantiva; (2) incorporación ilegal de pruebas de cargo; (3) falta, insuficiencia y contradicción en la fundamentación de la Sentencia; y (4) que la Sentencia se basó en hechos no acreditados y en defectuosa valoración de la prueba; motivos por los que solicitó al tribunal de alzada la anulación del juicio y de la Sentencia, para cuyo efecto invocó varios precedentes contradictorios en apoyo de los fundamentos en los que sustento los motivos de su recurso de apelación.

CONSIDERANDO II: Que, previos los trámites del recurso de apelación, el tribunal de apelación constituido en el caso de autos por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba ponunció la resolución jurisdiccional contenida en el Auto de Vista de 20 de mayo de 2009 cursante de fs. 116 a 119 declarando improcedente el recurso de apelación restringida interpuesto por el procesado, confirmando la sentencia de condena.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Jhonny Montaño de la Fuente
Proceso
Tráfico de Sustancias Controladas (Art. 48 con relación al Art. 33 inc. m de la Ley Nº 1008)
Magistrado relator
Maria Lourdes Bustamante Ramírez
Tribunal Supremo de Justicia11 de diciembre de 2013AS/0737/2013Fuente oficial