Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo N° 738
Sucre, 1 de diciembre de 2021
Expediente : 514/2021-S
Demandante : Sergio Marcos Huanca Pocahuanca
Demandado : Gobierno Autónomo Municipal de El Alto
Proceso : Beneficios sociales
Distrito : La Paz
Magistrado Relator : Lic. José Antonio Revilla Martínez
VISTOS: El recurso de casación de fs. 305 a 314, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad de El Alto (GAMEA), representada por Dominga Eva Villán Cabrera, contra el Auto de Vista N° 285/2020 de 5 de octubre, emitido por la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, de fs. 302 a 303 vta.; emitida dentro del proceso laboral de beneficios sociales y otro seguido por Sergio Marcos Huanca Pocahuanca, contra el Municipio recurrente; el memorial de contestación a recurso de fs. 316 a 317; el Auto Interlocutorio N° 296/2021 de 2 de julio que concedió el recurso (fs. 318); el Auto de 7 de septiembre de 2021, por el que se admitió el recurso de casación interpuesto, y todo cuanto fue pertinente analizar:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia.
Planteada la demanda laboral de pago de beneficios sociales y otros seguido por Sergio Marcos Huanca Pacohuanca y tramitado el proceso, la Jueza del Trabajo y Seguridad Social Tercero de la ciudad de El Alto, emitió la Sentencia Nº 45/2019 de 24 de mayo de fs. 148 a 152, declarando PROBADA en parte, la demanda de fs. 33 a 39, subsanada a fs. 42, sin costas, ordenando al Municipio demandado pague a favor del demandante, la suma de Bs.46.615,07 (Cuarenta y seis mil seiscientos quince 07/100 Bolivianos), por indemnización de 4 años, 4 meses y 21 días, con un sueldo promedio de Bsa.4.698,55, desahucio, incremento salarial de enero a abril de 2017, multa del 30%, más lo que corresponda por la actualización señalada en el art. 9 del DS N° 28699.
Auto de vista.
Interpuesto el recurso de apelación por el GAMEA de fs. 284 a 390 vta., la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; resolvió mediante Auto de Vista No 285/2020 de 05 de octubre, de fs. 302 a 303 vta., que CONFIRMÓ, la Sentencia apelada.
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