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TSJ

AS/0743/2007

Tribunal Supremo de Justicia
8 de octubre de 2007Social 2daMag. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Proceso
C. Tributario.
Sala
Social 2da
Año
2007

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 743

Sucre, 08 de octubre de 2.007

DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tributario.

PARTES: empresa Sistemas Televisivos S.A. (SISTEL S.A.)c/ Servicio de Impuestos Nacionales Distrital La Paz.

MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.

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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 299-300, interpuesto por Juan Carlos Edmundo Maldonado Benavídez, Gerente Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, contra el auto de vista Nº 014/05-SSA-I de 3 de febrero de 2005 (fs. 295-296), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso contencioso tributario que sigue Christian Von Borries Blanco, en representación de la empresa Sistemas Televisivos S.A. (SISTEL S.A.", contra la entidad que representa el recurrente, el dictamen fiscal de fs. 304, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Jueza Primero Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 63/99 el 8 de septiembre de 1999 (fs. 266-271), por la que declara probada la demanda interpuesta a fs. 3-7 y por tanto declara nula y sin efecto la Resolución Determinativa Nº 027/97 de 20 de julio de 1997.

En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada, por auto de vista Nº 014/05 SSA-I de 3 de febrero de 2005 (fs. 295-296), se revocó en parte la sentencia apelada, manteniendo la Resolución Determinativa Nº 027/97 de 20 de julio de 1997, únicamente en lo que se refiere a las facturas sin nombre por la gestión 1994, por la suma de Bs. 13.807, con los accesorios y multas de ley, sobre el monto establecido, quedando firme y subsistente en cuanto a los otros aspectos evaluados.

Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo, formulado por Juan Carlos Edmundo Maldonado Benavídez, Gerente Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, conforme a los fundamentos que contiene el memorial de fs. 299-300.

CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo a resolver el recurso de casación planteado por la parte demandada, corresponde recordar que, en ejercicio de la facultad conferida en el art. 15 de la L.O.J., este Tribunal tiene la facultad de revisar, de oficio, los antecedentes del proceso a objeto de verificar el cumplimiento de los plazos y leyes que norman su correcta tramitación y conclusión, para imponer, en su caso, la sanción que corresponda o determinar la nulidad de oficio, conforme faculta el art. 252 del Cód. Pdto. Civ.:

1.- En ese entendido, debe recordarse que las Cortes Superiores se encuentran integradas por Salas conforme establecen los arts. 92 y 93 de la L.O.J. y para emitir una resolución, cualquiera sea la forma, en cumplimiento del art. 100 de la referida Ley, se precisan de dos votos conformes.

Ninguna de estas disposiciones orgánicas ni las instituidas en el Código de Procedimiento Civil, confieren a un solo vocal, semanero o relator, las facultades de tomar las decisiones o sortear la causa, sin la intervención de los otros miembros que integran el Tribunal.

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Datos del proceso

Demandante
empresa Sistemas Televisivos S.A. (SISTEL S.A.)
Demandado
Servicio de Impuestos Nacionales Distrital La Paz.
Proceso
C. Tributario.
Magistrado relator
Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Tribunal Supremo de Justicia8 de octubre de 2007AS/0743/2007Fuente oficial