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TSJReiteradora

AS/0747/2019

Tribunal Supremo de Justicia
2 de diciembre de 2019Social 1era

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Nulidades / Procede

La recurrente señaló que se violó, infringió, aplicó indebidamente e interpretó erróneamente los arts. 3-j, 166 y 167 del Código Procesal del Trabajo (en adelante CPT) y 165 del Código Procesal Civil (en adelante CPC-2013), porque dentro el proceso laboral se demostró que el retiro del demandante fu...

Proceso
Pago de derechos laborales y beneficios sociales
Sala
Social 1era
Año
2019

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 747

Sucre, 2 de diciembre de 2019

Expediente: 138/2019-S

Demandante: Jaime Luís Pereira Pariente

Demandado: Empresa Unipersonal DREMARK de Edson Acebo Castro

Proceso: Pago de derechos laborales y beneficios sociales

Departamento: Chuquisaca

Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán

VISTOS: El recurso de casación de fs. 470 a 474, interpuesto por Jimena Grissel Rojas Bobarín apoderada de Edson Acebo Castro gerente propietario de la Empresa Unipersonal DREMARK, contra el Auto de Vista N° 146/2019 de 15 de marzo de fs. 465 a 467, emitido por la Sala Social Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; dentro del proceso social de pago de derechos laborales y beneficios sociales interpuesto por Jaime Luís Pereira Pariente, contra la Empresa Unipersonal DREMARK; el memorial de contestación de fs. 476 a 477; el Auto N° 229/2019 de 18 de abril de fs. 479, que concedió el recurso; el Auto de 24 de abril de 2019 de fs. 485, que admitió el recurso de casación interpuesto; los antecedentes procesales; y:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Sentencia.

Planteada la demanda social de pago de derechos laborales y beneficios sociales por Jaime Luís Pereira Pariente, la Juez del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario N° 1 de Sucre, emitió la Sentencia Nº 34/2018 de 12 de junio de fs. 340 a 345, que declaró PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 4 a 9 y su aclaración de fs. 11, sin costas; y PROBADA en parte la excepción de pago; disponiendo que Edson Acebo Castro gerente propietario de la Empresa Unipersonal DREMARK, cancele a favor del actor, la suma de Bs76.342,20.- (Setenta y seis mil trescientos cuarenta y dos 20/100 Bolivianos), por concepto de indemnización, desahucio, salario 2015 (15/oct.; nov.; dic.), 2016 (nov.; dic.) y 2017 (ene.), primas y reintegro, menos lo pagado que consta a fs. 23 y fs. 172; por el tiempo de servicios de 1 año, 3 meses y 16 días.

Auto de Vista.

En conocimiento de la Sentencia, Jimena Grissel Rojas Bobarín apoderada de Edson Acebo Castro, gerente propietario de la Empresa Unipersonal DREMARK y Jaime Luís Pereira Pariente, interpusieron los recursos de apelación de fs. 442 a 445 y de fs. 450 a 451; que fueron resueltos por el Auto de Vista N° 146/2019 de 15 de marzo de fs. 465 a 467, emitido por la Sala Social Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que REVOCÓ PARCIALMENTE la Sentencia recurrida, dejando sin efecto los incrementos salariales de las gestiones 2016 y 2017, manteniendo incólume lo demás.

II. ARGUMENTOS DEL RECURSOS DE CASACIÓN:

Recurso de casación.

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VULNERACIÓN A LAS NORMAS LABORALES/La prueba en segunda instancia, esta revestida de condiciones específicas a cumplir, para su admisibilidad y consideración, lo que implica que bajo la normativa adjetiva de la materia, en segunda instancia solo se aceptaran o admitirán documentos de fecha posterior a la presentación de la demanda.

Datos del proceso

Demandante
Jaime Luís Pereira Pariente
Demandado
Empresa Unipersonal DREMARK de Edson Acebo Castro
Proceso
Pago de derechos laborales y beneficios sociales

Precedente

Art. 152 del CPT, Art. 331 del CPC-1975

Tribunal Supremo de Justicia2 de diciembre de 2019AS/0747/2019Fuente oficial