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TSJ

AS/0752/2021-RA

Tribunal Supremo de Justicia
23 de agosto de 2021Civil
Proceso
Resolución de contrato más pago de daños y perjuicios
Sala
Civil
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 752/2021-RA

Fecha: 23 de agosto de 2021

Expediente: LP-139-21-S

Partes: Filiberto Gonzales Prieto y Celia Marca de Gonzales c/ Edelmira Cruz de Saavedra; Ana María y Luis Walberto ambos Saavedra Cruz como herederos de Ángel Walter Saavedra Méndez.

Proceso: Resolución de contrato más pago de daños y perjuicios.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 579 a 582 vta., interpuesto por Edelmira Cruz de Saavedra, Ana María y Luis Walberto ambos Saavedra Cruz representados legalmente por José S. Paredes Maldonado contra el Auto de Vista Nº S-222/2021 de 07 de mayo, cursante de fs. 561 a 564, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso ordinario de resolución de contrato, más pago de daños y perjuicios, seguido por Filiberto Gonzales Prieto y Celia Marca de Gonzales contra los recurrentes, la contestación cursante de fs. 585 a 591; el Auto de Concesión de 21 de julio de 2021, cursante a fs. 592; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Con base en la demanda cursante de fs. 220 a 223 vta. subsanada y modificada de fs. 398 a 403 de obrados, Filiberto Gonzales Prieto y Celia Marca de Gonzales iniciaron proceso ordinario de resolución de contrato, más pago de daños y perjuicios; acción que fue dirigida contra Edelmira Cruz de Saavedra; Ana María y Luis Walberto ambos Saavedra Cruz como herederos de Ángel Walter Saavedra Méndez, quienes una vez citados Luis Walberto Saavedra Cruz mediante memorial cursante de fs. 420 a 421 se apersonó al proceso y opuso excepción de prescripción; asimismo se declaró la rebeldía de las codemandadas mediante Auto de 09 de septiembre de 2019 cursante a fs. 441 de obrados; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia N° 180/2021 de 02 de marzo, cursante de fs. 533 a 537 vta. pronunciado por la Juez Público Civil y Comercial 15° de la Ciudad de La Paz, que en su parte dispositiva declaró PROBADA la demanda principal.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Edelmira Cruz de Saavedra, Ana María y Luis Walberto ambos Saavedra Cruz, representados legalmente por José S. Paredes Maldonado, mediante memorial cursante de fs. 541 a 543 vta. de obrados; la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº S-222/2021 de 07 de mayo, cursante de fs. 561 a 564 declarado inadmisible la apelación contra la resolución Nº 180/2021, CONFIRMANDO la sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Edelmira Cruz de Saavedra, Ana María y Luis Walberto ambos Saavedra Cruz representados legalmente por José S. Paredes Maldonado según memorial cursante de fs. 579 a 582 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
Filiberto Gonzales Prieto y Celia Marca de Gonzales
Demandado
Edelmira Cruz de Saavedra; Ana María y Luis Walberto ambos Saavedra Cruz como herederos de Ángel Walter Saavedra Méndez.
Proceso
Resolución de contrato más pago de daños y perjuicios
Tribunal Supremo de Justicia23 de agosto de 2021AS/0752/2021-RAFuente oficial