Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 796/2023-RA
Fecha: 14 de agosto de 2023
Expediente: CH-84-23-S.
Partes: Marcos Gómez Rivadineira c/ Martha Gómez Rivadineira.
Proceso: Nulidad de escritura pública y cancelación de asiento.
Distrito: Chuquisaca.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 348 a 349, interpuesto por Martha Gómez Rivadineira contra el Auto de Vista Nº 201/2023 de 05 de julio, cursante de fs. 342 a 344 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario de nulidad de escritura pública y cancelación de asiento, seguido por Marcos Gómez Rivadineira contra la recurrente; la contestación de fs. 354 a 357 vta.; el Auto de concesión de 04 de agosto de 2023, visible a fs. 358; todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Marcos Gómez Rivadineira mediante memorial de fs. 27 a 30 vta., y subsanado a fs. 40 y vta., planteó demanda ordinaria civil de nulidad de escritura pública y cancelación de asiento, contra Martha Gómez Rivadineira, quien una vez citada, contestó negativamente e interpuso demanda reconvencional según escrito de fs. 70 a 72, habiéndose dispuesto la citación al Gobierno Autónomo Municipal de San Lucas; continuando el desarrollo del proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 01/2023 de 09 de marzo, que sale de fs. 297 a 309 vta., en el que el Juez Público Mixto, Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal 1° de San Lucas-Chuquisaca, declaró en cuanto a la demanda principal: la pretensión de nulidad de la Escritura Pública N° 223/2003 de oficio declaró la COSA JUZGADA; la pretensión de cancelación de asiento PROBADA; en cuanto a la demanda reconvencional: PROBADA la pretensión de prescripción extintiva del derecho hereditario y PROBADA en parte la pretensión de usucapión decenal.
2. Resolución de primera instancia que fue apelada por Marcos Gómez Rivadineira, por memorial de fs. 316 a 318 vta., que dio lugar a que la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista N° 201/2023 de 05 de julio, cursante de fs. 342 a 344 vta., que REVOCÓ parcialmente la Sentencia, solo en relación a declararse improbada la demanda reconvencional de usucapión decenal interpuesta por Martha Gómez Rivadineira, manteniéndose en lo demás el fallo judicial cuestionado.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Martha Gómez Rivadeneira según escrito de fs. 348 a 349, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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