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TSJ

AS/0801/2015

Tribunal Supremo de Justicia
9 de octubre de 2015Social 1eraMag. Antonio Campero Segovia
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2015

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 801

Sucre, 09 de octubre de 2015

Expediente: 300/2011-A

Demandante: Javier Calvimontes Reyes

Demandada: Gerencia Distrital del Servicio de Impuestos Nacionales

Distrito : Oruro

Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia.

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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 108 a 109 vta., interpuesto por Javier Calvimontes Reyes, contra el Auto de Vista N°128/2011 de 01 de noviembre de fs. 101 a 104 vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del proceso Contencioso Tributario, seguido por la parte ahora recurrente contra la Gerencia Distrital Oruro del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN); contesta al recurso de fs. 114 a 115; el Auto que concedió el recurso a fs. 116; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

I. Antecedentes del Proceso

I.1 Sentencia

Tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de Oruro pronunció Sentencia Nº 020/2010 de 29 de septiembre de fs. 69 a 74 de obrados, declarando improbada la demanda y desestimando la pretensión de revocar o en su caso anular la resolución Administrativa de prescripción Nº 23-00134-09 de 14 de septiembre de 2009 manteniéndose firme y subsistente la misma en todos sus efectos jurídicos.

I.2 Auto de Vista

Interpuesto el recurso de apelación por el demandante de fs. 77 a 78 y corrido el traslado de Ley responde al recurso de apelación de fs.81 a 82, se concedió el mismo ante la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito judicial de Oruro, que pronunció el Auto de Vista Nº 128/2011 de 01 de noviembre de fs. 101 a 104 vta., Confirmando totalmente la Sentencia Nº 020/2010 de 29 de septiembre de fs. 69 a 74.Con costas.

I.2 Motivos del Recurso de Casación

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Criterio

...consecuentemente, al haber interpuesto el contribuyente recurso de Alzada en fecha 1º de agosto de 2005 y toda vez que la devolución de los antecedentes administrativos del referido proceso se produjo en fecha 10 de marzo de 2009, conforme la documental cursante de fs. 11 a 37 de obrados, durante el lapso del tiempo en el que se han resuelto los recursos administrativos interpuestos por el ahora recurrente, habría quedado suspendido el computo de la prescripción; criterio asumido de manera correcta por el Tribunal de apelación en el inc. 2) del primer considerando del Auto de Vista Nº 128/2011 de 1 de noviembre de fs. 101 a 104 vta., motivo por el cual, este extremo denunciado en el recurso de casación carece de fundamento para conceder la revocatoria la mencionada resolución solicitada. Ahora bien, respecto al punto traído en casación en el cual el recurrente denuncia que el Servicio de Impuestos Nacionales, al haber pronunciado la Resolución Administrativa de Prescripción antes de emitir la correspondiente Resolución Determinativa, indicando que esta forma de decisión no acarrearía ni importaría una causal de nulidad, sin especificar ni basar dicha decisión en norma alguna, sino que más bien aparentaría ser una decisión basada en simples criterios personales, toda vez que es equivocado el criterio de resolver por separado el pedido de prescripción, creando inseguridad jurídica al haberse ramificado el proceso, éste Tribunal encuentra que no es evidente dicha aseveración toda vez que en el punto 4) del Auto de Vista recurrido (fs. 104 y vta.) el Tribunal de apelación realiza una interpretación clara respecto a que la observación efectuada por el recurrente en su memorial de apelación, no se encuentra dentro de las causales de nulidad previstas en el art. 35 de la ley Nº 2341, motivo por el cual de manera correcta el Tribunal de apelación cumplió con la fundamentación normativa aplicable al agravio denunciado por el recurrente, sin encontrar ninguna vulneración a los derechos del ahora recurrente en casación.

Datos del proceso

Demandante
Javier Calvimontes Reyes
Demandado
Gerencia Distrital del Servicio de Impuestos Nacionales
Magistrado relator
Antonio Campero Segovia

Descriptores

Derecho Tributario / Derecho Procesal Tributario / Procesos Administrativos / Resolución Determinativa
Tribunal Supremo de Justicia9 de octubre de 2015AS/0801/2015Fuente oficial