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TSJ

AS/0803/2022-RA

Tribunal Supremo de Justicia
25 de octubre de 2022Civil
Proceso
Acción reivindicatoria de propiedad
Sala
Civil
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 803/2022-RA

Fecha: 25 de octubre de 2022

Expediente: O-63-22-S

Partes: Dania Alejandra Morales Claure c/ Jazmín Alejandra Terán Sequeiros.

Proceso: Acción reivindicatoria de propiedad.

Distrito: Oruro.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 282 a 289 vta., interpuesto por Dania Alejandra Morales Claure contra el Auto de Vista Nº 454/2022 de 05 de septiembre, corriente de fs. 271 a 279 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso de acción reivindicatoria de propiedad, seguido por la recurrente contra Jazmín Alejandra Terán Sequeiros, la contestación obrante de fs. 302 a 305; el Auto de concesión Nº 154/2022 de 05 de octubre que sale a fs. 306, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Dania Alejandra Morales Claure por memorial visible de fs. 34 a 36, subsanado a fs. 39 y 52, inició el proceso ordinario de acción reivindicatoria de propiedad contra Jazmín Alejandra Terán Sequeiros, según escrito, de fs. 50 a 52 vta., la demandada se apersonó al proceso contestó negativamente, opuso excepciones previas de falta de legitimación o interés legítimo y transacción o conciliación; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 16/2022 de 27 de junio de 2022, corriente de fs. 231 a 237, en la que el Juez Público Civil y Comercial 3° de la ciudad de Oruro declaró PROBADA la demanda de reivindicación planteada por la demandante.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Jazmín Alejandra Terán Sequeiros, mediante memorial de fs. 239 a 242, originó que la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emita el Auto de Vista Nº 454/2022 de 05 de septiembre, corriente de fs. 271 a 279 vta., que CONFIRMÓ los Autos de 09 de febrero de 2022 que rechazan las excepciones opuestas de fs. 70 a 71, y REVOCÓ la Sentencia N° 16/2022 de 27 de junio e IMPROBADA la demanda de reivindicación de bien inmueble formulada por Diana Alejandra Morales Claure.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Dania Alejandra Morales Claure, según escrito de fs. 282 a 289 vta.; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
Dania Alejandra Morales Claure
Demandado
Jazmín Alejandra Terán Sequeiros
Proceso
Acción reivindicatoria de propiedad
Tribunal Supremo de Justicia25 de octubre de 2022AS/0803/2022-RAFuente oficial