Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO N° 816/2021-RRC
Sucre, 21 de septiembre de 2021
Expediente : La Paz 123/2020
Parte Acusadora : Luz Jenny Loza Aguirre
Parte Imputada : Modesta Nanci Luizaga de Espada
Delito : Perturbación de Posesión
Magistrado Relator : Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de octubre de 2020, Luz Jenny Loza Aguirre, cursante de fs. 221 a 223 vta., interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 167/2019 de 2 de diciembre, de fs. 212 a 215, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por la recurrente en contra de Modesta Nanci Luizaga de Espada, por la presunta comisión del delito de Perturbación de Posesión, previsto y sancionado por el art. 353 del Código Penal (CP).
DEL RECURSO DE CASACIÓN
Antecedentes.
Por Sentencia 2/2019 de 12 de febrero (fs. 172 a 178), el Juez de Sentencia Octavo del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Modesta Nanci Luizaga de Espada, absuelta de pena y culpa de la comisión del delito de Perturbación de Posesión, previsto y sancionado por el art. 353 del CP, porque la prueba aportada no fue suficiente, con costas.
Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Luz Jenny Loza Aguirre (fs. 184 a 189 vta.), formuló recurso de apelación restringida, que previo memorial de subsanación (fs. 200 a 203), fue resuelto por Auto de Vista 167/2019 de 2 de diciembre, dictado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que confirmó la Sentencia, motivando la interposición del presente recurso de casación.
Motivos del recurso de casación.
Del memorial de recurso de casación y del , se admitió los siguientes motivos a ser analizados en la presente Resolución, conforme al mandato establecido por los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP), y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LO)).
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