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TSJReiteradora

AS/0818/2021

Tribunal Supremo de Justicia
15 de septiembre de 2021Civil

Máxima

PER SALTUM (pasar por alto)/ Para estar a derecho, los recurrentes deben instar en apelación dicho debate y así agotar legal y correctamente toda la segunda instancia, por la…

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Resumen del caso

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Casación / Improcedencia / Infundado

El recurrente acusó violación del principio contenido en el art. 129.III segunda parte del Código Civil, señalando que dicha norma establece la existencia de dos voluntades, la primera de erigir mejoras o construcciones por un tercero y la segunda referente al dueño del predio que puede impedir o pe…

Proceso
Pago de construcciones nuevas y mejoras en predio ajeno

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 818/2021

Fecha: 15 de septiembre 2021

Expediente: SC-69-21-S

Partes: Miriam Mendoza Mercado c/ Juani Susan Arnez Gonzales e Irene

Gonzales de Arnez

Proceso: Pago de construcciones nuevas y mejoras en predio ajeno

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 208 a 209, interpuesto por Miriam Mendoza Mercado contra el Auto de Vista Nº 197/2021 de 29 de junio, de fs. 201 a 203, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario de pago de construcciones nuevas y mejoras en predio ajeno, seguido por la recurrente, contra Juani Susan Arnez Gonzales e Irene Gonzales de Arnez; la contestación de fs. 225 a 226 vta; el Auto de concesión Nº 11/2021 de 23 de julio a fs. 227; Auto Supremo de Admisión Nº 737/2021-RA de 19 de agosto, de fs. 235 a 236 vta.; todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

  1. 1.-Miriam Mendoza Mercado por memorial de demanda de fs. 69 a 73 vta., complementada de fs. 76 a 77, inició proceso ordinario de pago de construcción nueva y mejoras en predio ajeno; contra Juani Susan Arnez Gonzales y como tercera interesada contra Irene Gonzales de Arnez, quienes una vez citadas, según escrito de fs. 101 a 103, opusieron improponibilidad de la demanda, plantearon excepción de falta de legitimación e interés legítimo de Mirian Mendoza Mercado para demandar fundada en sus propias transgresiones, respondieron negativamente a la demanda e interpusieron demanda reconvencional de violación del contrato de arrendamiento y de la ley, improcedencia de pago de mejoras, su retiro, más pago de daños y perjuicios.
  1. 2.-Bajo esos antecedentes y tramitada que fue la causa, la Juez Público Civil y Comercial 18° de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, emitió la Sentencia Nº 47/21 de 26 de abril, de fs. 166 vta. a 171, declarando PROBADA en parte la demanda principal de fs. 69 a 73 aclarada por memorial, de fs. 76 a 77, sobre devolución de construcciones nuevas y mejoras y PROBADA en parte la demanda reconvencional de fs. 101 a 103 en cuanto al retiro de mejoras e IMPROBADA en cuanto a pago de daños y perjuicios, disponiendo que la demandante en el plazo de 30 días de notificada con la Sentencia, restablezca el inmueble al estado en que fue entregado en calidad de arrendamiento y retirar las mejoras no autorizadas ni constituidas como de necesidad; por su parte la reconvencionista Juani Susan Arnez Gonzales debe restituir a favor de la actora principal el importe de los gastos referente al baño y cocina en la suma total de Bs. 3.392.
  1. 3.-Resolución que puesta en conocimiento de los sujetos procesales, la demandante Miriam Mendoza Mercado por memorial de fs. 175 a 178 vta., interpuso recurso de apelación, cuya respuesta cursa de fs. 192 a 193.

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Datos del proceso

Demandante
Miriam Mendoza Mercado
Demandado
Juani Susan Arnez Gonzales e Irene Gonzales de Arnez
Proceso
Pago de construcciones nuevas y mejoras en predio ajeno
Magistrado relator
Juan Carlos Berrios Albizu
Tribunal Supremo de Justicia15 de septiembre de 2021AS/0818/2021Fuente oficial