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TSJ

AS/0821/2019-RA

Tribunal Supremo de Justicia
26 de agosto de 2019CivilMag. Juan Carlos Berrios Albizu
Proceso
Mejor derecho propietario, reivindicación y acción negatoria.
Sala
Civil
Año
2019

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 821/2019-RA

Fecha: 26 de agosto de 2019

Expediente: P-1-19-A

Partes: Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda representado por María

Sonia Nina Huanca c/ Gobierno Autónomo Departamental de Pando

representado por Martiniano Pizza Tito.

Proceso: Mejor derecho propietario, reivindicación y acción negatoria.

Distrito: Pando.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 200 a 205, interpuesto por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda a través de su representante legal María Sonia Nina Huanca; contra el Auto de Vista Nº 100/2019 de 02 de julio, cursante de fs. 183 a 185, pronunciado por la Sala Civil, Familia, Niño, Niña y Adolecente, Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justica de Pando, dentro el proceso sobre mejor derecho propietario, reivindicación y acción negatoria, seguido por la entidad recurrente contra Gobierno Autónomo Departamental de Pando; la contestación al recurso de fs. 211 a 213, el Auto de Concesión de 2 de agosto de 2019 que cursa de fs. 214; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Con base en el memorial de fs. 31 a 35 vta., subsanado a fs. 41, 46,59 y 62, el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda inició proceso de mejor derecho propietario, reivindicación y acción negatoria; dirigido contra el Gobierno Autónomo Departamental de Pando, entidad que una vez citada con la demanda respondió de forma negativa e interpuso excepción de incompetencia a través del memorial de fs. 81 a 85; desarrollándose de esta manera el proceso, señalándose Audiencia Preliminar que se produjo el 09 de agosto de 2018, donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 1 de Cobija-Pando, a través del Auto Definitivo cursante de fs. 147 y vta. a 148 vta., declaró PROBADA la excepción de incompetencia.

2. Auto Definitivo que al haber sido recurrido en apelación por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda a través de sus representantes legales mediante memorial de fs. 152 a 154 vta; fue resuelto por el Auto de Vista Nº 100/2019 de 02 de julio, cursante de fs. 183 a 185, pronunciado por la Sala Civil, Familia, Niño, Niña y Adolescente, Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justica de Pando, que en su parte dispositiva CONFIRMÓ el Auto impugnado.

3. Fallo de segunda instancia que fue recurrida en casación por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda a través de su representante legal María Sonia Nina Huanca por escrito de fs. 200 a 205, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

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Datos del proceso

Proceso
Mejor derecho propietario, reivindicación y acción negatoria.
Magistrado relator
Juan Carlos Berrios Albizu
Tribunal Supremo de Justicia26 de agosto de 2019AS/0821/2019-RAFuente oficial