Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 823/2020-RRC
Sucre, 08 de diciembre de 2020
Expediente : Cochabamba 16/2020
Parte Acusadora : Ministerio Público y Rossmary Alvarez Terrazas
Parte Imputada : Fernando Ángel Mancilla Castillo y Miguel Ángel Ricaldez Cáceres, Ángel Rodrigo Laura Churata y Wilson Ariel Castro Vega
Delito : Asesinato y otros
Magistrado relator : Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 24 de octubre de 2019, Ángel Rodrigo Laura Churata y Wilson Ariel Castro Vega, interpusieron recurso de casación contra el Auto de Vista de 11 de septiembre de 2019, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso seguido por el Ministerio Público y Rossmary Alvarez Terrazas contra los recurrentes, Fernando Ángel Mancilla Castillo y Miguel Ángel Ricaldez Cáceres, por los delitos de Asesinato [arts. 252 nums. 2), 3) y 6)], Asociación Delictuosa (art. 132), Organización Criminal (art. 132 bis) y Violación agravada [art. 310 nums. 6) y 7)] todas figuras previstas y sancionadas en el Código Penal (CP).
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1 Antecedentes
Por Sentencia 027/2017 de 2 de junio, el Tribunal de Sentencia Séptimo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Fernando Ángel Mancilla Castillo, Wilson Ariel Castro Vera y Ángel Rodrigo Laura Churata, autores y culpables por la comisión de los delitos de Asesinato y Violación agravada, tipificados por el art. 252 nums. 2), 3) y 6), y el art. 308 en relación al art. 310 nums. 5) y 7) todos del CP, imponiéndoles la pena de treinta años de presidio sin derecho a indulto, a ser cumplidos en el centro penitenciario “El Abra” en esa ciudad, imponiendo también el pago de costas y resarcimiento de daño civil a favor del Estado y las víctimas; asimismo, se declaró la absolución por los delitos de Asociación Delictuosa y Organización Criminal.
El mismo Fallo declaró la absolución de Migue Ángel Ricaldez Cáceres por la comisión de los delitos de Asesinato y Violación agravada, de conformidad a la previsión del art. 363 núm. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP)
Contra la Sentencia 027/2017, Wilson Ariel Castro Vera y Ángel Rodrigo Laura Churata, formularon recurso de apelación restringida, siendo resueltos a través de Auto de Vista de 11 de septiembre de 2019, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró su improcedencia, confirmando el Fallo de grado.
I.2. Motivos de los recursos de casación
I.2.1 Recurso de casación de Ángel Rodrigo Laura Churata
Considera que el Auto de Vista impugnado incurrió en contradicción con la doctrina legal contenida en los y , por cuanto conforme tales resoluciones la existencia de defectos absolutos en la Sentencia obligan al Tribunal de alzada a declarar la nulidad del fallo recurrido, sin embargo, ello no sucedió pese a que un defecto sobre fundamentación insuficiente fue advertido por el Tribunal de apelación. Agrega que, “no vale decir que la anulación sería prácticamente estéril porque igual se llegaría a los mismos resultados, porque es necesario que exista un pronunciamiento…específico sobre todos y cada uno de los elementos probatorios, y no puede arribarse a la conclusión de que alguien es culpable sin antes hacerle conocer por qué” (sic)
I.2.2 Recurso de casación de Wilson Ariel Castro Vera
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