Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 849/2020-RRC
Sucre, 08 de diciembre de 2020
Expediente : Pando 12/2020
Parte Acusadora : Ministerio Público y Feliciano Flores Quispe
Parte Imputada : Nehemias Joel Mamani Vega
Delitos : Estafa y Estelionato
Magistrado Relator : Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial de casación presentado el 19 de agosto de 2020, cursante de fs. 207 a 208, Nehemias Joel Mamani Vega, impugna el Auto de Vista de 144/2020 de 2 de julio, de fs. 197 a 200, pronunciado por la Sala Civil, Familia, Niño, Niña y Adolescente, Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Feliciano Flores Quispe, en contra del recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 335 y 337 del Código Penal (CP), respectivamente.
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Por Sentencia 28/2019 de 28 de mayo de “2015” (fs. 152 a 157 vta.), el Tribunal de Sentencia Segundo en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró a Nehemias Joel Mamani Vega, culpable de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión, más el pago de doscientos días multa en razón de Bs. 1 por día a cumplirse en ejecución de Sentencia. Asimismo, lo absolvió de la comisión del delito de Estelionato tipificado por el art. 337 del CP.
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