Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 870/2021
Fecha: 04 de octubre de 2021
Expediente: B-10-21-S
Partes: Agustín Tereba Romero c/ María Fernández Jain de Mamani y Mario
Mamani Canaza.
Proceso: Cumplimiento de contrato.
Distrito: Beni.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1238 a 1240 vta., interpuesto por Mario Mamani Canaza y María Fernández Jain de Mamani contra el Auto de Vista Nº 102/2021 de 13 de julio de fs. 1227 a 1229, pronunciado por la Sala Civil Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dentro el proceso ordinario de cumplimiento de contrato seguido a instancia de Agustín Tereba Romero contra los recurrentes, la contestación de fs. 1246 a 1249 vta.; el Auto de concesión Nº 53/2021 de 26 de agosto a fs. 1251; el Auto Supremo de Admisión Nº 798/2021-RA de 09 de septiembre de fs. 1258 a 1259 vta.; todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Agustín Tereba Romero por memorial de demanda de fs. 135 a 136 vta., subsanado a fs. 141 y vta., ampliado de fs. 1643 a 1644 vta., y aclarado de fs. 1650 a 1651 vta., inició proceso ordinario de cumplimiento de contrato más pago de daños y perjuicios, pretensiones que fueron interpuestas contra Mario Mamani Canaza y María Fernández Jain de Mamani; quienes una vez citados, según escrito de fs. 1678 a 1683 vta. opusieron excepciones, contestaron negativamente a la demanda e interpusieron demanda reconvencional de resolución de contrato por incumplimiento.
2. Bajo esos antecedentes, y tramitada que fue la causa, donde la Juez Público Civil y Comercial 1º de la ciudad de Trinidad- Beni, pronunció la Sentencia Nº 011/2021 de 26 de febrero de fs. 2173 a 2177, declarando: 1. PROBADA en parte la demanda de cumplimiento de obligación con relación al monto de Bs. 103.419,78; en consecuencia, ordenó el pago de dicho monto de parte de los demandados a favor de Agustín Tereba Romero. 2. IMPROBADA la demanda reconvencional de resolución de contrato por incumplimiento más daños y perjuicios. Sin costas por tratarse de juicio doble.
3. Resolución que, puesta en conocimiento de las partes procesales, fue impugnada en apelación por los demandados María Fernández Jain de Mamani y Mario Mamani Canaza por memoriales de fs. 2180 a 2182 y fs. 2183 y 2188 vta., respectivamente.
En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, emitió el Auto de Vista Nº 102/2021 de 13 de julio de fs. 1227 a 1229, por el que CONFIRMÓ totalmente la Sentencia apelada.
Determinación que fue asumida en virtud a los siguientes fundamentos:
Mostrando 17 de 82 parrafos.