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TSJ

AS/0872/2024

Tribunal Supremo de Justicia
16 de octubre de 2024Social 1eraMag. Ricardo Torres Echalar
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 872

Sucre, 16 de octubre de 2024

Expediente: 605-2024

Demandante: Emeterio Gonzales Sánchez

Demandado: Empresa de Papeles y Cartones Moda LTDA.

Materia: Beneficios Sociales

Distrito: Cochabamba

Magistrada Relatora: Ricardo Torres Echalar

VISTOS: El recurso de casación de fojas 112 a 114, deducido por la Empresa Papeles y Cartones Moda LTDA. representada por Moisés Iriarte Montaño; y el recurso de Casación de fojas 121 a 124 y vuelta, interpuesto por Emeterio, impugnando el Auto de Vista N°263/2023 de 15 de diciembre (fojas 99 a 103 y vuelta), emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social de cobro de Beneficios Sociales, seguido entre los recurrentes, el auto de 28 junio de 2024, que concedió ambos recursos, de fojas 128, el memorial de contestación, la remisión del expediente a este tribunal de fojas 577, el Auto Interlocutorio N° 361/2024 de 5 de agosto que admitió los recursos (fojas 134 a 135 y vuelta), los antecedentes del proceso y,

CONSIDERANDO I.

I. 1. Antecedentes del proceso.

I.1.1. Sentencia.

Tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Primero de Quillacollo, emitió la Sentencia N° 53/2022 de 6 de junio de fojas 77 a 79 y vuelta, declaró PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 9 al 12 y 15, en lo que respecta a la indemnización, desahucio, vacaciones y sueldos parciales devengados, conminándose en consecuencia a Empresa Papeles y Cartones Moda LTDA., representada por Jaime Iriarte Angulo, pagar a Emeterio Gonzales Sánchez dentro de tercero día de ejecutoriada dicha sentencia, el monto siguiente:

Tiempo de Trabajo: 1/02/2009 al 16/02/2021

Salario Indemnizable: Bs. 4.542

Indemnización: Del 29/02/2012 al 16/02/2021

= 8 años 11 meses y 16 días Bs. 40.711

Desahucio Bs. 6.330

Vacaciones

Gestión 2020 al 2021 =30 días Bs. 4.542

Salarios Devengados Bs. 3.797

Total adeudado Bs. 55.380

Son: CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA 00/100 BOLIVIANOS.

Monto que, en ejecución de sentencia, deberá aplicarse la multa dispuesta por el art. 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006.

I.1.2. Auto de Vista.

En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 263/2023 de 15 de diciembre de fojas 99 a 103, Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba REVOCÓ EN PARTE la Sentencia N° 53/2022 de 6 de junio, respecto al sueldo promedio indemnizable, con las siguientes modificaciones:

FECHA DE INGRESO:01 de febrero de 2009

FECHA DE FINALIZACION DE LA RELACION LABORAL:

16 de febrero de 2021.

SALARIO PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs. 2.848,7

Indemnización

8 años = Bs. 22.789,6

11 meses = Bs. 2.611

17 días = Bs. 135

Bs. 25.535

Desahucio

Bs. 8.546

Vacaciones de las Gestiones 2020 al 2021 (30 días)

Bs. 2.848,7

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Datos del proceso

Demandante
Emeterio Gonzales Sánchez
Demandado
Empresa de Papeles y Cartones Moda LTDA.
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar
Tribunal Supremo de Justicia16 de octubre de 2024AS/0872/2024Fuente oficial