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TSJ

AS/0875/2015

Tribunal Supremo de Justicia
2 de octubre de 2015CivilMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Divorcio
Sala
Civil
Año
2015

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 875/2015 - L

Sucre: 2 de Octubre 2015

Expediente: SC-73-11-S

Partes: Juan Carlos Rojas Ovando c/ Isabel Ticona Soliz

Proceso: Divorcio

Distrito: Santa Cruz

VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 134 a 136 y vta., interpuesto por Juan Carlos Rojas Ovando, contra el Auto de Vista Nº 157, de fecha 30 de marzo de 2011, cursante a fs. 131 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario de Divorcio, seguido por el recurrente contra Isabel Ticona Soliz; la concesión de fs. 139; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Tramitado el proceso, el Juez Sexto de Partido de Familia de la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra, emitió la Sentencia Nº 116, de fecha 15 de octubre de 2010, cursante de fs. 112 a 113 y vta., declarando probadas ambas demandas, en consecuencia disuelto el vínculo conyugal que une a Juan Carlos Rojas Ovando e Isabel Ticona Soliz, determinación que en ejecución de Sentencia será comunicada a la Dirección Departamental del Registro Civil, a efectos de su anotación en la Partida Matrimonial respetiva. Asimismo, homologó el documento transaccional pre desvinculatorio definitivo de fecha 28 de agosto de 2009, reconocido en sus firmas con intervención del Notario de Fe Publica de Primera Clase Nº 106, Dr. Alfredo Saldías Artunduaga, constituyéndose en parte integrante y principal de la presente Sentencia, debiendo las partes someterse a su fiel y estricta observancia y cumplimiento.

Contra la referida Resolución, Juan Carlos Rojas Ovando, interpuso recurso de apelación cursante de fs. 120 a 122.

En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista Nº 157, de fecha 30 de marzo de 2011, cursante a fs. 131 y vta., confirmando la Sentencia recurrida, con costas.

Resolución que dio lugar al Recurso de Casación, interpuesto por Juan Carlos Rojas Ovando, el mismo que se pasa a considerar y resolver.

CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

El recurrente individualizando y especificando las leyes sustantivas y adjetivas que considera violentadas y aplicadas falsa y erróneamente, señala:

Mostrando 16 de 31 parrafos.

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Criterio

"... si bien la comunidad de gananciales tiene la característica de ser irrenunciable, este hecho no imposibilita que los cónyuges ya sea antes o durante la demanda de divorcio o separación de hecho, puedan llegar a acuerdos con respecto a la distribución de los bienes adquiridos durante la vigencia de la vida en común, es decir de los bienes gananciales, extremo que para nada implica la afectación del régimen legal de la comunidad de gananciales, ni las normas señaladas anteriormente, máxime si el mismo Código de Familia, reconoce aquellos acuerdos a los cuales pueden arribar los cónyuges respecto a los bienes gananciales, tal y como lo señala la última parte del primer párrafo del art. 390 del Código de Familia..."

Datos del proceso

Demandante
Juan Carlos Rojas Ovando
Demandado
Isabel Ticona Soliz
Proceso
Divorcio
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran

Descriptores

Derecho de Familia / Derecho Sustantivo de Familia / Matrimonio / Comunidad de gananciales / Acuerdos transaccionales
Tribunal Supremo de Justicia2 de octubre de 2015AS/0875/2015Fuente oficial