Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 886
Sucre, 28 de septiembre de 2.006
DISTRITO: Pando PROCESO: Social.
PARTES: Carlos Zabala Ramírez c/ IMCRUZ CORP. S.A.
MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio.
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VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 212-214 interpuesto por Charles Pedro Mojíca Peña, en representación de la Corporación de Inversiones IMCRUZ CORP. S.A., contra el auto de vista No. 78 de 5 de agosto de 2004 (fs. 207-209), pronunciado por la Sala Civil-Comercial, Social, del Menor y Familia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando; dentro del proceso social que sigue Carlos Zabala Ramírez contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 217, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso el Juez del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cobija-Pando, emitió sentencia el 1º de julio de 2004 (fs. 137-138), declarando probada en parte la demanda de fs. 81 e improbadas las excepciones perentorias opuestas, con costas, ordenando el pago de beneficios sociales según la liquidación inserta, la suma de Bs. 28.371.-
En grado de apelación, a instancia de ambas partes, por auto de vista No. 78 de 5 de agosto de 2004 (fs. 207-209), se revocó parcialmente la sentencia apelada de fs. 137-138 y, deliberando en el fondo, confirma la liquidación practicada y declara probada la excepción de prescripción, sin costas.
Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo (fs. 212-214), interpuesto por el apoderado de la empresa demandada, fundamentando de manera errónea tanto para la casación en el fondo y en la forma, las mismas causas desconociendo que ambas tienen causas y efectos diferentes; luego señala que el auto de vista es contradictorio porque declara probada la prescripción y a la vez dispone el pago de beneficios sociales conforme la liquidación de la sentencia; que no existió relación laboral entre la empresa IMCRUZ y el actor, quién prestó servicios para Miguel Becerra, concesionario de la empresa Imcruz.
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