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TSJReiteradora

AS/0980/2021

Tribunal Supremo de Justicia
9 de noviembre de 2021Civil

Máxima

NULIDAD PROCESAL/ La nulidad procesal es una medida de ultima ratio, siendo la regla la protección de los actos válidamente desarrollados en proceso, por lo que, ahora resulta limitativo aplicar una nulidad procesal, puesto que si en la revisión de…

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Resumen del caso

Derecho Civil / Derecho Civil Sustantivo / Contratos / Ineficacia e invalidez / Nulidad y anulabilidad / Nulidad / Improcedencia

La parte recurrente sostuvo que el encabezamiento de la Sentencia es diferente a su demanda, y que ese error también se replicó en el Auto de Vista, puesto que en ella se consignó que la demanda era sobre “nulidad de contratos y escrituras públicas de transferencia”, cuando en realidad la demanda ve…

Proceso
Nulidad de escrituras públicas y otros

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 980/2021 Fecha: 09 de noviembre 2021

Expediente: LP-180-21-S

Partes: Ana María Teresa Carvajal Antelo c/ Banco Mercantil Santa Cruz S.A., José Alfredo Calderón Montalvo, Cristina Calderón Montalvo y Lionel Claure Cardona

Proceso: Nulidad de escrituras públicas y otros

Distrito: La Paz

VISTOS: El recurso de casación de fs. 405 a 410, interpuesto por Ana María Teresa Carvajal Antelo contra el Auto de Vista N° 309/2021 de 6 de septiembre, cursante de fs. 400 a 403, pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario sobre nulidad de escrituras públicas y otros seguido por la recurrente contra el Banco Mercantil Santa Cruz S.A., José Alfredo Calderón Montalvo, Cristina Calderón Montalvo y Lionel Claure Cardona; el auto de concesión de 18 de octubre de 2021 corriente en fs. 413; el Auto Supremo de Admisión Nº 962/2021-RA de 28 de octubre que sale de fs. 419 a 420 vta.; todo lo inherente, y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

La Juez Público de Familia Nº 2 de la ciudad de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 521/2020 de 21 de julio, cursante de fs. 352 a 360, y su auto complementario a fs. 365 vta., por la que declaró IMPROBADA la demanda interpuesta por Ana María Teresa Carvajal Antelo a través del memorial de fs. 37 a 39 vta., ratificado y subsanado por escritos de fs. 42 a 44 vta., 47 a 49, 56 a 58 vta., y 64 a 65 vta., de obrados.

Resolución de primera instancia que fue apelada por Ana María Teresa Carvajal Antelo por memorial que cursa de fs. 375 a 380, a cuyo efecto la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante el Auto de Vista N° 309/2021 de 6 de septiembre, cursante de fs. 400 a 403, CONFIRMÓ la sentencia apelada, argumentando que la juez de instancia expuso de forma razonable y coherente el convencimiento que le produjeron las pruebas producidas, haciendo una correcta aplicabilidad de lo dispuesto por el art. 332 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, toda vez que esa autoridad claramente estableció la diferenciación entre la nulidad y la anulabilidad y con base en esa diferenciación, determinó que la pretensión contenida en la demanda no era tutelable porque la actora confundió la acciones descritas; y que además, no demostró no haber tenido conocimiento del préstamo de dinero adquirido por su cónyuge, pues causa extrañeza que teniendo una relación estable y continua, desde el año 1987, no haya notado tal situación; de ahí que no se advierte que la A quo hubiera realizado una errónea valoración de la prueba, por el contrario, en atención al principio de unidad y comunidad de la prueba, dicha autoridad otorgó una correcta apreciación como resultado del estudio de los hechos probados a través de las pruebas de cargo producidas.

Esta resolución fue impugnada mediante el recurso de casación de fs. 405 a 410, interpuesto por Ana María Teresa Carvajal Antelo; el cual se analiza.

CONSIDERANDO II:

DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Mostrando 15 de 75 parrafos.

Datos del proceso

Demandante
Ana María Teresa Carvajal Antelo
Demandado
Banco Mercantil Santa Cruz S.A., José Alfredo Calderón Montalvo, Cristina Calderón Montalvo y Lionel Claure Cardona
Proceso
Nulidad de escrituras públicas y otros
Magistrado relator
Juan Carlos Berrios Albizu
Tribunal Supremo de Justicia9 de noviembre de 2021AS/0980/2021Fuente oficial