Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 1000
Sucre, 13 de noviembre de 2024
Expediente: 757-2024
Demandante: Lizeth Gonzales Condori
Demandado: Zona Franca Comercial e Industrial Cobija
Materia: Beneficios Sociales
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación de fs. 127 a 129, interpuesto por Zona Franca Comercial e Industrial Cobija – ZOFRACOBIJA, representado por José Luis Méndez Chaurara, en representación de la contra el Auto de Vista N° 135/2024 de 29 de julio, de fs. 122 a 123 y vlta., emitido por la Sala Civil, Social, Familia, Niñez y Adolescencia, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando; dentro del proceso de pago de beneficios sociales y subsidio de frontera, seguido por Lizeth Gonzales Condori contra la entidad recurrente; la contestación del recurso de fs. 133 a 134; el Auto de 23 de agosto de 2024, de fs. 135, que concedió el recurso; el Auto Interlocutorio N° 513/2024 de 19 de septiembre de fs. 145 a 146, que admitió el recurso y todo lo que en materia fue pertinente analizar:
CONSIDERANDO I.
I. 1. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia.
El Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social 1° de Pando, emitió la Sentencia N° 144/2022 de 10 de octubre, de fs. 100 a 103, declarando PROBADA en parte la demanda, interpuesta por Lizeth Gonzales Condori en contra de la Zona Franca Comercial e Industrial Cobija – ZOFRACOBIJA, disponiendo el pago en favor de la demandante, la suma total de Bs. 7.836,20 (SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS 20/100 BOLIVIANOS), sin costas.
Auto de Vista.
Notificadas las partes con la Sentencia, la Zona Franca Comercial e Industrial Cobija – ZOFRACOBIJA, interpuso recurso de apelación de fs. 107 a 109, resuelto por el Auto de Vista N° 135/2024 de 29 de julio, de fs. 122 a 123 y vlta., emitido por la Sala Civil, Social, Familia, Niñez y Adolescencia, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando; CONFIRMANDO la sentencia apelada.
II.2. Motivos del recurso de casación.
Notificadas las partes con el Auto de Vista N° 135/2024, la Zona Franca Comercial e Industrial Cobija – ZOFRACOBIJA, interpuso recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 127 a 129, bajo los siguientes argumentos:
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