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TSJReiteradora

AS/1010/2021-RRC

Tribunal Supremo de Justicia
10 de noviembre de 2021Penal

Máxima

INEXISTENCIA DE INCONGRUENCIA OMISIVA/ Cuando el Auto de Vista impugnado se encuentra debidamente motivado y fundamentado con los contenidos doctrinales esenciales, respondiendo de manera fundada a…

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Resumen del caso

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación / Infundado

La parte recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, adolece de incongruencia omisiva, refiriendo que en su recurso de apelación denunció el defecto de sentencia establecido en el núm. 5) del art. 370 del CPP, argumenta que los agravios denunciados, que conforme refiere la recurrente no fuer…

Proceso
Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL

AUTO SUPREMO Nº 1010/2021-RRC

Sucre, 10 de noviembre de 2021

Expediente : Chuquisaca 13/2021

Parte Acusadora         : Ministerio Público y Jhilda Mojiano Romero

Parte Imputada         : María Guícela Gutiérrez Arancibia

Delito                 : Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito

Magistrado Relator : Dr. Edwin Aguayo Arando

RESULTANDO

Por memorial presentado el 9 de marzo de 2021, cursantes de fs. 767 a 772 vta., María Guícela Gutiérrez Arancibia, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista N° 79/2021 de 24 de febrero de fs. 741 a 744, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Jhilda Mojiano Romero como acusadora particular contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito, previsto y sancionado por el art. 261 del Código Penal (CP).

I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes.

Por Sentencia N° 037/2019 de 19 de noviembre (fs. 680 a 690), el Tribunal Primero de Sentencia de Padilla del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a María Guícela Gutiérrez Arancibia, autora de la comisión del delito de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito, previsto y sancionado por el art. 261 del CP, imponiendo la pena de cinco años de privación de libertad, con costas.

Contra la mencionada Sentencia, la acusada María Guícela Gutiérrez Arancibia (fs. 717 a 721 vta.) formuló recurso de apelación restringida, que fue corregido a fs. 733 a 734 y resuelto por Auto de Vista N° 79/2021 de 24 de febrero, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada, motivando a la interposición del presente recurso de casación.

I.1.1. Motivo del recurso de casación.

Del memorial del recurso de casación y del , se extrae el siguiente motivo a ser analizado en la presente Resolución, conforme al mandato establecido en los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).

La recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, adolece de incongruencia omisiva, refiriendo que en su recurso de apelación denunció el defecto de sentencia establecido en el núm. 5) del art. 370 del CPP, argumentando:

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y Jhilda Mojiano Romero
Demandado
María Guícela Gutiérrez Arancibia
Proceso
Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito
Magistrado relator
Edwin Aguayo Arando
Tribunal Supremo de Justicia10 de noviembre de 2021AS/1010/2021-RRCFuente oficial