Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1019/2023-RA
Fecha: 16 de octubre de 2023
Expediente: LP-155-23-S.
Partes: Inés Silvestre Choque c/ Sacarías Francisco Vargas Callizaya.
Proceso: División y partición de bienes gananciales.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 240 a 243, interpuesto por Sacarías Francisco Vargas Callizaya, contra el Auto de Vista Nº 406/2023, de 23 de agosto, corriente de fs. 235 a 237 vta., pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de división y partición de bienes gananciales, seguido por Inés Silvestre Choque contra el recurrente; la contestación de fs. 245 a 247; el Auto de concesión de 21 de septiembre de 2023, visible a fs. 248, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Inés Silvestre Choque, mediante el memorial de fs. 16 a 18, subsanado a fs. 23 y vta., promovió demanda ordinaria de división y partición de bienes gananciales contra Sacarías Francisco Vargas Callizaya, quien una vez citado, por medio del escrito de fs. 107 a 110 vta., se apersonó y contestó de forma negativa a la demanda principal; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia Nº 72/2022, de 31 de enero, corriente de fs. 214 a 216, en la cual la Juez Público de Familia 4º de la ciudad de El Alto-La Paz, falló declarando IMPROBADA la demanda de división y partición de bienes gananciales promovida por Inés Silvestre Choque.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Inés Silvestre Choque, según memorial de fs. 218 a 220 vta., originó que la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº 406/2023, de 23 de agosto, corriente de fs. 235 a 237 vta., que REVOCÓ parcialmente la Sentencia Nº 72/2022, de 31 de enero, que discurre de fs. 214 a 216 y en el fondo declaró la ganancialidad de los aportes que Sacarías Francisco Vargas Callizaya realizó a la Corporación del Seguro Social Militar.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Sacarías Francisco Vargas Callizaya, según escrito de fs. 240 a 243, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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