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TSJ

AS/1023/2018-RRC

Tribunal Supremo de Justicia
16 de noviembre de 2018PenalMag. Edwin Aguayo Arando
Proceso
Violación de Precinto y Otros Controles Tributarios
Sala
Penal
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL

AUTO SUPREMO Nº 1023/2018-RRC

Sucre, 16 de noviembre de 2018

Expediente : Santa Cruz 66/2018

Parte Acusadora : Ministerio Público y otro

Parte Imputada : Raúl Javier Benítez Padilla

Delito : Violación de Precinto y Otros Controles Tributarios

Magistrado Relator : Dr. Edwin Aguayo Arando

RESULTANDO

Por memorial presentado el 14 de marzo de 2018, cursante de fs. 263 a 267 vta., Maneyva Luizaga Velasco, Andreyna Karla Arraya Bernal y Yohana Montaño Encinas, en representación legal de la Gerencia Regional de Santa Cruz de la Aduana Nacional, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 9 de 15 de febrero de 2018, de fs. 246 a 249, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la parte recurrente contra Raúl Javier Benítez Padilla, por la presunta comisión del delito de Violación de Precintos y otros Controles Tributarios, previsto y sancionado por el art. 180 del Código Tributario (CT).

I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes.

Por Sentencia 15/2017 de 27 de marzo (fs. 159 a 168 vta.), el Tribunal Segundo de Sentencia en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Raúl Javier Benítez Padilla, absuelto de pena y culpa de la comisión del delito de Violación de Precintos y Otros Controles Tributarios, previsto por el art. 180 del CT; ya que, la prueba aportada no fue suficiente para generar convicción sobre la responsabilidad del imputado, dejando sin efecto las medidas cautelares de carácter personal impuestas en su contra.

Contra la mencionada Sentencia, Maneyva Luizaga Velasco, Andreyna Karla Arraya Bernal y Yohana Montaño Encinas, en representación legal de la Gerencia Regional de Santa Cruz de la Aduana Nacional (fs. 175 a 181), el Ministerio Público (fs. 186 a 193) y el imputado Raúl Javier Benítez Padilla (fs. 216 a 219), interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 9 de 15 de febrero de 2018, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisibles e improcedentes los recursos planteados; por ende, confirmó la Sentencia apelada, motivando la interposición del presente recurso de casación.

I.1.1. Motivo del recurso de casación.

Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 583/2018-RA de 27 de julio, se extrae el motivo a ser analizado en la presente Resolución, conforme al mandato establecido en los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).

Del memorial del recurso de casación, se advierte que la parte recurrente aduce que el Auto de Vista impugnado carece de toda fundamentación legal y valoración de la prueba, en transgresión de su derecho al debido proceso en relación a la debida fundamentación de las resoluciones, en observancia de los arts. 115.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE), constituyendo vicios absolutos de acuerdo al art. 169 inc. 3) del CPP, conforme lo siguiente:

Denuncia que el Tribunal de alzada concluye que el Tribunal de Sentencia, realizó una debida valoración de la prueba y que éstas no fueron suficientes para generar plena convicción sobre la responsabilidad penal del imputado; sin embargo, se evidencia la ausencia de valoración y fundamentación concreta de las pruebas 2, 3, 4 y 7 presentadas y producidas en juicio oral, conforme al art. 124 del CPP, invocando como precedente contradictorio el Auto Supremo 440/2005 de 11 de noviembre.

I.2.1. Petitorio.

La recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, ordenando se dicte un nuevo fallo.

I.3. Admisión del recurso.

Mediante Auto Supremo 583/2018-RA de 27 de julio, cursante de fs. 276 a 278 vta., este Tribunal admitió el recurso de casación formulado por Maneyva Luizaga Velasco, Andreyna Karla Arraya Bernal y Yohana Montaño Encinas, en representación legal de la Gerencia Regional de Santa Cruz de la Aduana Nacional, para su análisis de fondo ante la concurrencia de presupuestos de flexibilización, argumentando una indebida fundamentación de la resolución de alzada, del motivo identificado precedentemente.

II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO

II.1. De la Sentencia.

Por Sentencia 15/2017 de 27 de marzo, el Tribunal Segundo de Sentencia en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Raúl Javier Benítez Padilla, absuelto de pena y culpa de la comisión del delito de Violación de Precintos y Otros Controles Tributarios, previsto y sancionado por el art. 180 del CT; ya que, la prueba aportada no fue suficiente para generar convicción sobre la responsabilidad del imputado, dejando sin efecto las medidas cautelares de carácter personal impuestas en su contra, en base a los siguientes argumentos:

Como hechos generadores del proceso penal, se tiene que el 9 de mayo de 2015, a horas 13:00 aproximadamente, por orden del Cap. José Antonio Aguilar Camacho, en compañía del Sgto. 2do Nelson Alanoca, se constituyeron en el Recinto Aduanero de “Aduana Interior Pampa de la Isla”, a efectos de verificar un camión que habría arribado procedente de Brasil con “MIC” Aduanero Internacional de Carga, aparentemente con violación de precinto aduanero. Una vez en el recinto tomaron contacto con Oscar Puma, supervisor de turno, quien informó que el camión con placa de control 3445-STP, de color blanco, marca Renault y conducido por Juan Carlos Villegas Bustos, con licencia categoría “C”, que habría arribado de Curumba – Brasil, se encontraba con precinto de seguridad violentado. Posteriormente, previa verificación, el precinto de seguridad Nº 206238, registrado en el MIC/DTA Nº 227115, efectivamente se encontraba violentado; es decir, cortado y luego pegado.

Asimismo, según Oscar Puma, el conductor a su arribo manifestó que su salida del recinto aduanero de origen, fue en esas condiciones, con precinto violentado, debido a que el técnico aduanero Javier Benitez al momento de colocar el precinto supuestamente se habría equivocado colocando a un camión distinto al que estaba asignado.

Por otro lado, Juan Carlos Villegas Bustos manifestó que Javier Benitez en su afán de solucionar lo acontecido, fue quien cortó el precinto y luego lo colocó al camión uniendo el corte con un pegamento, quien le proporcionó su número de celular para evitar inconvenientes con el COA, en todo el recorrido del trayecto, desde la frontera de Brasil hasta la llegada a la Aduana Interior de Santa Cruz. A su llegada, el chofer del camión, Juan Carlos Villegas Bustos, indica que hizo conocer estos extremos a los guardias de seguridad de ingreso principal al Recinto Aduanero de la Pampa de la Isla, quienes pusieron a conocimiento del técnico de turno, Carlos Darío Justiniano Paz, quien a su vez informó al supervisor de turno, Oscar Puma, quien se habría comunicado con el supuesto técnico aduanero, Javier Benitez Padilla, quien habría confirmado sobre la violación del precinto aduanero, aduciendo que supuestamente sería un funcionario nuevo.

El Tribunal de Sentencia, una vez analizadas y valoradas las pruebas producidas en juicio determinó como hechos probados:

Primero.- Que, el imputado Raúl Javier Benitez Padilla, por error involuntario procedió al corte de un precinto de seguridad que había colocado al camión con placa de control Nº 3445-STP que llegó procedente de Brasil, conducido por el ciudadano Juan Carlos Villegas Bustos.

Segundo.- Que, el comportamiento se desarrolló por un simple error involuntario.

Asimismo, determinó el Tribunal de Sentencia estableció como hechos no probados:

Primero.- Que, se hubiera producido u ocasionado algún daño a la Aduana, al concesionario, al propietario de la mercancía ni al Estado.

Segundo.- Que, el imputado hubiera actuado maliciosa e intencionalmente.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y otro
Demandado
Raúl Javier Benítez Padilla
Proceso
Violación de Precinto y Otros Controles Tributarios
Magistrado relator
Edwin Aguayo Arando
Tribunal Supremo de Justicia16 de noviembre de 2018AS/1023/2018-RRCFuente oficial