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AS/1086/2021

Tribunal Supremo de Justicia
3 de diciembre de 2021Civil

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CRITERIO DE DIVISIBILIDAD OBJETIVA/ La…

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Resumen del caso

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Procesos / Procesos Ordinarios / División y partición / En proceso voluntario

Los recurrentes alegan que el Auto de Vista está afectando y causando un detrimento al derecho sucesorio de los recurrentes, toda vez que está dando una parte de más valor al demandante, y está afectando el patrimonio de los recurrentes, al otorgarles un lugar que no aceptan y que no fue consensuado…

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Proceso
División y partición de bien inmueble.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo:1086/2021

Fecha: 03 de diciembre de 2021

Expediente: CB-55-21-S

Partes: Luis Fernando Sandoval Mejía c/ Guido Orlando y Víctor Germán ambos

Cornejo Mejía.

Proceso: División y partición de bien inmueble.

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 950 a 953, interpuesto por Víctor Germán y Guido ambos Cornejo Mejía contra el Auto de Vista de 28 de junio de 2021, que sale de fs. 940 a 947 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro el proceso ordinario de división y partición de bien inmueble seguido por Luís Fernando Sandoval Mejía contra los recurrentes, la contestación de fs. 957 a 958 y el Auto de concesión de 29 de octubre de 2021 corriente a fs. 959; el Auto Supremo de Admisión Nº 1030/2021-RA de 23 de noviembre de fs. 965 a 966 vta.; todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Luis Fernando Sandoval Mejía, mediante memorial cursante de fs. 38 a 40 vta., demandó división y partición de bien inmueble; contra Guido Orlando y Víctor Germán ambos Cornejo Mejía, solicitando la división y partición del bien inmueble registrado en Derechos Reales bajo la Matrícula N° 3011990016855, que en un inició el bien inmueble tenía una superficie de 1.083,965 m2, siendo propietaria Candelaria Mejía Maldonado, quien les transfiere a Raquel Mejía Molina y el demandante, siendo copropietarios cada uno de la superficie de 541.982 m2, sin embargo su madre trasfirió 300 m2 a Mario Ernesto Arandia Letelier y Jenny Inés Rivero de Arandia, quedando el lote de terreno subdividido en dos lotes signados como lote “A” con superficie de 300 m2 y lote “B” con superficie de 783,96 m2; por lo que a la muerte de su madre Raquel Mejia Molina, se declararon herederos el demandante y sus hermanos Víctor Germán y Guido Orlando ambos Cornejo Mejia, por lo que solicitó la división y partición de la superficie de 241,98 m2. Una vez citados, por memorial cursante de fs. 60 a 63 contestaron negativamente a la demanda y opusieron excepciones; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 026/2019 de 18 de octubre, que sale de fs. 788 a 800, pronunciado por la Juez Público Civil y Comercial 4° de Cochabamba, que declaró PROBADA EN PARTE la pretensión contenida en la demanda de fs. 38 a 40 vta., PROBADA la demanda en cuanto al derecho de dividir o partir el bien inmueble; disponiendo que el inmueble registrado bajo la Matrícula N° 3011990016855, con superficie de 783.96 m2, ubicado en el distrito 11, subdistrito 09, manzana 022, zona Muyurina, sobre la Avenida General Galindo y el Paisaje Mejía sea dividido en dos lotes “1B” y lote “2B” conforme al plano de subdivisión aprobado mediante Resolución Técnica Administrativa N° 264/08: lote “1B” con superficie de 385,63 m2, con los límites al norte con Luís Hinojosa; al sud con la propiedad de María Luisa y Jaime Mejía; al oeste con la propiedad de Luís Fernando Sandoval Mejía y al este con la Avenida General Galindo, asignándole a la causante Raquel Mejía Molina y ante su fallecimiento y sucesión hereditaria sea a favor de sus herederos Germán Víctor, Guido Orlando ambos Cornejo Mejía y Luís Fernando Sandoval Mejía en una 1/3 parte. lote “B2” de superficie 398,33 m2 (sumatoria de la superficie del Lote 2B de 318,68 m2 y superficie de pasaje lote 2B de 79,65 m2) con las siguientes colindancias, al norte con la propiedad de María Luisa y Jaime Mejía; al oeste con el pasaje Mejía y este con la propiedad de Raquel Mejía Maldonado y se le asigna a favor del actor Luís Fernando Sandoval Mejía. II. Se dispone la notificación al Registrador, para la inscripción en registro en Derechos Reales; y en ejecución de Sentencia se disponga del remate y subasta pública del lote “1B”, cuyo producto será dividido entre los coherederos.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Luis Fernando Sandoval Mejía, mediante memorial cursante de fs. 809 a 816 vta., dio lugar a que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita Auto de Vista de 28 de junio de 2021, cursante de fs. 940 a 947 vta., REVOCANDO parcialmente la Sentencia apelada declarando PROBADA en parte la pretensión contenida en la demanda, en cuanto a dividir o partir el bien inmueble; disponiendo la división y partición del inmueble registrado en Derechos Reales bajo la Matrícula N° 3011990016855, con superficie de 783,96 m2; por lo que a) la extensión superficial de 541,98 m2, con colindancias al norte con Luís Hinojosa, al sud con la propiedad de María Luisa y Jaime Mejía, al oeste con la propiedad de Raquel Mejía Molina y al Este con la Avenida General Galindo asignado a Luis Fernando Sandoval Mejía; en cuanto a la construcción efectuada por la causante Raquel Mejía Molina, en ejecución de Sentencia procédase a la distribución equitativa del valor de la misma entre los 3 herederos; b) la extensión superficial de 241,98 m2, con límites al norte con Luis Hinojosa, al sud con la propiedad de María Luisa y Jaime Mejía, al oeste con el pasaje Mejía y al Este con la propiedad de Luís Fernando Sandoval Mejía, se le asigna a la causante Raquel Mejía Molina, ante su fallecimiento y sucesión hereditaria sea a favor de sus herederos en una 1/3 parte cada uno, al tratarse de un bien inmueble de 241,98 m2 que no admite cómoda división y partición en ejecución de sentencia procédase al remate y subasta pública, cuyo producto será dividido entre los coherederos e IMPROBADA respecto a la división y partición de rentas generadas y bienes muebles, con base en los siguientes fundamentos:

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Datos del proceso

Demandante
Luis Fernando Sandoval Mejía
Demandado
Guido Orlando y Víctor Germán ambos Cornejo Mejía.
Proceso
División y partición de bien inmueble.
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina
Tribunal Supremo de Justicia3 de diciembre de 2021AS/1086/2021Fuente oficial