Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 1148/2021-RRC
Sucre, 06 de diciembre de 2021
Expediente : Santa Cruz 52/2021
Parte Acusadora : Ministerio Público y Paulina Carballo Céspedes
Parte Imputada : Trifón Bejarano Díaz
Delitos : Violencia Familiar o Doméstica y otros
Magistrado Relator : Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial de casación presentado el 5 de abril de 2021, cursante de fs. 1668 a 1676, Trifón Bejarano Díaz, impugna el Auto de Vista 5 de 26 de febrero de 2021, de fs. 1624 a 1630, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Paulina Carballo Céspedes, en contra del recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Violencia Familiar o Doméstica, Violencia Económica, Violencia Patrimonial; y, Sustracción de Utilidades de Actividades Económicas Familiares, previstos y sancionados por los arts. 272 bis, 250 bis, 250 ter, 250 quater del Código Penal (CP), respectivamente.
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1. Antecedentes.
Por Sentencia 16/2020 de 16 de marzo (fs. 1530 a 1540), el Juez de Sentencia Penal Noveno Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Trifón Bejarano Díaz, autor de la comisión del delito de Violencia Familiar o Doméstica, previsto y sancionado por el art. 272 Bis, del CP imponiendo la pena de dos años de reclusión, más el pago de costas, que serán tasadas y reguladas en ejecución de sentencia. Asimismo, lo absolvió de la comisión de los delitos de Violencia Económica, Violencia Patrimonial; y, Sustracción de Utilidades de Actividades Económicas Familiares, tipificados por los arts. 250 bis, 250 ter, 250 quater del CP, en razón a que la prueba aportada no fue suficiente.
Mostrando 14 de 68 parrafos.