Volver a sentencias
TSJReiteradora

AS/1160/2021-RRC

Tribunal Supremo de Justicia
6 de diciembre de 2021Penal

Máxima

INEXISTENTE CONTRADICCIÓN ENTRE EL PRECEDENTE INVOCADO CON EL…

Criterio completo, sentencias y PDF oficiales.

Pixi Lector · Bs. 20/mes

Desbloquear criterio completo

¿Ya tienes acceso? Inicia sesión

Resumen del caso

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación / Infundado

El recurrente reclama la concurrencia de defectos absolutos insalvables suscitado en el Tribunal de apelación; por cuanto en su recurso de apelación restringida solicitó día y hora de audiencia de fundamentación de su recurso; en cuyo mérito, en la audiencia de 17 de octubre de 2019, no se le dio la…

Más opciones
Proceso
Abuso Sexual

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL

AUTO SUPREMO Nº 1160/2021-RRC

Sucre, 06 de diciembre de 2021

Expediente : Oruro 74/2021

Parte Acusadora : Ministerio Público y Roxana Quille Choque

Parte Imputada : Nelson Rolando Flores Vásquez

Delito : Abuso Sexual

Magistrado Relator : Dr. Edwin Aguayo Arando

RESULTANDO

Por memorial presentado el 20 de octubre de 2020, Nelson Rolando Flores Vásquez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista Nº 158/2019 de 19 de noviembre (fs. 157 a 163), pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Roxana Quille Choque en contra del recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual, tipificado y sancionado por el art. 312 del Código Penal (CP).

I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes.

Por Sentencia Nº 14/2019 de 18 de marzo (fs. 76 a 94), el Tribunal de Sentencia Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Nelson Rolando Flores Vásquez, culpable de la comisión del delito de Abuso Sexual, imponiendo la pena privativa de libertad de 10 (diez) años, más pago de costas y responsabilidad civil a favor de la víctima y del Estado.

Contra la referida Sentencia, el acusado Nelson Rolando Flores Vásquez formuló recurso de apelación restringida (fs. 102 a 111), resuelto por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, mediante Auto de Vista Nº 158/2019 de 19 de noviembre, que declaró improcedente el recurso; en consecuencia, confirmó la Sentencia impugnada, motivando a la interposición del presente recurso de casación.

I.1.1. Motivos del recurso de casación.

Del memorial de recurso de casación y del , se admitió los siguientes motivos a ser analizados en la presente Resolución, conforme al mandato establecido por los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP), y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).

El recurrente indica que el punto 2 del Auto de Vista, vulnera el derecho al debido proceso en su elemento fundamentación; por cuanto, contiene fundamentación insuficiente respecto a su reclamo referente al defecto de sentencia previsto en el art. 370 núm. 1) del CPP; es decir, errónea aplicación de la Ley sustantiva (primera y segunda parte del art. 312 del CP) vulnerando la Sentencia el debido proceso en sus elementos legalidad, tipicidad y derecho a la defensa.

Por otra parte, reclama que el Auto de Vista, vulnera el derecho al debido proceso en su elemento fundamentación, por cuanto contiene fundamentación insuficiente sobre el agravio vinculado al defecto de la Sentencia previsto en el art. 370 núm. 5) del CPP, es decir, deficiente fundamentación de la sentencia en cuanto a la valoración de la prueba documental y testifical, de manera razonada y coherente (únicamente descriptiva), incumpliendo del art. 124 del CPP.

El recurrente reclama que, el Auto de Vista impugnado, vulnera los derechos a la defensa y a la impugnación, por cuanto omite pronunciarse respecto al defecto de sentencia previsto en el art. 370 núm. 6) del CPP, es decir, defectuosa valoración de la prueba; alegando erradamente que no se ha demostrado el defecto invocado, no considerando que esta situación no requiere demostración alguna, sino la exposición de argumentos relativos al contenido defectuoso en sentencia, sobre la valoración defectuosa de la prueba, que es evidente y por tanto incumple el art. 173 del CPP, cuando en su apelación expuso que:

  1. a)Existe una valoración sesgada de la prueba;
  2. b)No existe ninguna valoración sobre la prueba de descargo; y,
  3. c)No existe valoración integral de la prueba.

Finalmente, reclama el recurrente la concurrencia de defectos absolutos insalvables suscitado en el Tribunal de apelación, o errores in procedendo, argumentando que:

  1. a)No tuvo oportunidad de ofrecer sus fundamentos en audiencia de fundamentación de la apelación restringida, vulnerando el derecho al debido proceso y defensa. Invoca los y , que establecería sobre la falta de audiencia de fundamentación del recurso de apelación restringida, como vulneración del derecho al debido proceso en su elemento defensa; y,
  2. b)Pese a su ofrecimiento de toda la prueba ofrecida en el juicio oral (de cargo y de descargo) a momento de interponer el recurso de apelación, al amparo del art. 410 del CPP, la misma no fue remitida ante el Tribunal de apelación, por lo que no tuvo oportunidad de verificar los agravios de la de apelación vinculados a la valoración de la prueba y pronunciarse sobre los mismos.
I.1.2. Petitorio.

El recurrente solicita, se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se emita nueva Resolución de acuerdo a la doctrina legal establecida.

I.2. Admisión del recurso.

Mediante , que cursa de fs. 208 a 212 vta., este Tribunal ante la concurrencia de los presupuestos de flexibilización admitió el recurso de casación formulado por el acusado Nelson Rolando Flores Vásquez, para el análisis de fondo de los motivos identificados precedentemente.

Mostrando 25 de 124 parrafos.

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y Roxana Quille Choque
Demandado
Nelson Rolando Flores Vásquez
Proceso
Abuso Sexual
Magistrado relator
Edwin Aguayo Arando
Tribunal Supremo de Justicia6 de diciembre de 2021AS/1160/2021-RRCFuente oficial