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TSJ

AS/1168/2019-RA

Tribunal Supremo de Justicia
18 de noviembre de 2019CivilMag. Juan Carlos Berrios Albizu
Proceso
División y partición de bienes gananciales.
Sala
Civil
Año
2019

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 1168/2019-RA.

Fecha: 18 de noviembre de 2019

Expediente: LP-131-19-S.

Partes: Irene Marisol Claure Torrez c/ José Alfredo Solano Paniagua.

Proceso: División y partición de bienes gananciales.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 231 a 234 vta., interpuesto por José Alfredo Solano Paniagua, contra el Auto de Vista Nº 285/2019 de 05 de agosto, cursante de fs. 225 a 227, pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso ordinario de división y partición de bienes gananciales seguido por Irene Marisol Claure Torrez contra el recurrente, la contestación de fs. 238 a 239; el Auto de concesión de 04 de octubre de 2019 cursante a fs. 240; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Con base en la demanda cursante de fs. 8 a 9, subsanada a fs. 15, Irene Marisol Claure Torrez, inició proceso ordinario de división y partición de bienes gananciales; acción dirigida contra José Alfredo Solano Paniagua, quien una vez citado, por memorial de fs. 22 a 24 contestó negativamente a la demanda y opuso excepciones previas; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia Nº 92/2019 de 13 de febrero, cursante de fs. 126 a 128, pronunciado por la Juez Público de Familia N° 15 de La Paz, que en su parte dispositiva declaró: PROBADA en parte la demanda de división y partición de bienes gananciales.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por José Alfredo Solano Paniagua mediante memorial de fs. 132 a 134 vta., la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 285/2019 de 05 de agosto, cursante de fs. 225 a 227 que CONFIRMÓ el auto interlocutorio de 19 de noviembre de 2018 cursante a fs. 29 y de la misma manera la Sentencia N° 92/2019 de 13 de febrero cursante de fs. 126 a 128. Con costas en ambas instancias.

3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por José Alfredo Solano Paniagua, según memorial de fs. 231 a 234 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado, por diferentes factores tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y ante la vigencia plena de la Ley Nº 603 (Código de las Familias y del Proceso Familiar), corresponde a continuación, considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 400 con relación a los arts. 393, 395, 396 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
Irene Marisol Claure Torrez
Demandado
José Alfredo Solano Paniagua.
Proceso
División y partición de bienes gananciales.
Magistrado relator
Juan Carlos Berrios Albizu
Tribunal Supremo de Justicia18 de noviembre de 2019AS/1168/2019-RAFuente oficial