Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 1262
Sucre, 22 de noviembre de 2.006
DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Social.
PARTES: Yolanda María Michel Tórrez de Llanos c/ Honorable Alcaldía Municipal de Sucre.
MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.
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VISTOS: Los recurso de casación en el fondo de fs. 67, interpuesto por Aydée Nava Andrade, en representación de la Alcaldía Municipal de la ciudad de Sucre y de fs. 71-74 planteado por Yolanda María Michel Tórrez, contra el auto de vista Nº 225/2005 de 8 de agosto de 2005 (fs. 59-60) pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; dentro el proceso social seguido por Yolanda María Michel Tórrez de Llanos contra la Alcaldía, el dictamen fiscal de fs. 79-80, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Chuquisaca, emitió la sentencia Nº 23/05 de 3 de mayo de 2005 (fs. 43-44), declarando probada en parte la demanda de fs. 5-6, sin costas, ordenando a la Alcaldía Municipal de Sucre, el pago de Bs. 68.376,63.- a favor de la actora, por concepto de indemnización, desahucio, salarios devengados, vacaciones y aguinaldo.
En grado de apelación, por auto de vista Nº 225/2005 de 8 de agosto de 2005 (fs. 59-60), fue confirmada la sentencia apelada, con la modificación en el pago de los salarios devengados, vacaciones y aguinaldo, en un monto de Bs. 20.717,43.-, sin costas.
Que, contra el auto de vista, la Alcaldía demandada, interpone recurso de casación en el fondo, limitándose a señalar en un memorial escueto, que existe incorrecta e indebida aplicación de la norma social referente al pago de salarios devengados y beneficios sociales, solicitando se case el auto de vista recurrido y, deliberando en el fondo, se declare "improbada la sentencia de primera instancia".
Asimismo, la demandante plantea recurso de casación mezclando sus argumentos con la respuesta al otro interpuesto por la Alcaldía, mencionando algunas disposiciones como violadas, transcribiendo párrafos de Autos Supremos pasados, sin exponer clara y ordenadamente cómo se habrían vulnerado esas disposiciones, solicitando en suma "... CASAR y confirmar la sentencia o alternativamente ANULAR el auto de vista..."
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