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TSJ

AS/1377/2006

Tribunal Supremo de Justicia
12 de diciembre de 2006Social 2daMag. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Proceso
Social.
Sala
Social 2da
Año
2006

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 1377

Sucre, 12 de diciembre de 2.006

DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social.

PARTES: Hugo César Montero Rocabado c/ Empresa INCOFIN Ltda..

MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.

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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 93-95, interpuesto por Leidy Cuéllar vda. de Hemard, Gerente General de la Empresa INCOFIN LTDA. con denominación FRANKLIN'S MULTITIENDA, contra el auto de vista Nº 318 de 19 de julio de 2005 (fs. 85-86), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro el proceso social que sigue Hugo César Montero Rocabado contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 100-102, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió sentencia Nº 50 de 11 de mayo de 2005 (fs. 69-72), declarando probada en parte la demanda de fs. 15-16 vta. de obrados, sin costas, ordenado que la Empresa INCOFIN LTDA., representada por su Gerente General, pague al actor la suma de Bs. 5.160,00.- y $us. 4.079,27.-, por concepto de desahucio, indemnización, vacación, sueldo y subsidio.

En grado de apelación, por auto de vista Nº 318 de 19 de julio de 2005 (fs. 85-86), se confirma en todas sus partes la sentencia apelada, con costas.

Que, contra el auto de vista, la Gerente General de la empresa demandada, haciendo una relación de la sentencia y sin fundamento alguno, interpone recurso de casación y concluye señalando que habiendo sido "agraviados" sus derechos por violación de los arts. 202 del Cód. Proc. Trab., 58, 190 y 192 del Cod. Ptdo. Civ., 200 del Cód. Proc. Trab, D.S. 233821, 95 y 104 del Cód. de Seguridad Social y 11 del Cód. Civ., solicita se case el auto de vista recurrido y la sentencia o, en su caso, se anule obrados hasta el vicio más antiguo.

CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho, debiendo contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Cód. Pdto. Civ.; debe fundamentarse por separado de manera precisa y concreta las causas que motivan la casación, ya sea en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

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Datos del proceso

Demandante
Hugo César Montero Rocabado
Demandado
Empresa INCOFIN Ltda..
Proceso
Social.
Magistrado relator
Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Tribunal Supremo de Justicia12 de diciembre de 2006AS/1377/2006Fuente oficial