Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1450/2024-RA
Fecha: 05 de diciembre de 2024
Expediente: LP-215-24-S
Partes: Karen Isabel, Erick Alejandro, David Enrique todos Poppe Andrade y Franklin Ricardo Poppe Cardozo c/Martha Quiroga Poppe vda. de Asturizaga.
Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria.
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 301 a 302 vta., interpuesto por Martha Quiroga Poppe Vda. de Asturizaga representada legalmente por Bismark Emanuel Pinto Salas; contra el Auto de Vista Nº 595/2024, de 30 de agosto, corriente de fs. 292 a 299, emitido por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de usucapión decenal o extraordinaria, seguido por Karen Isabel, Erick Alejandro, David Enrique todos Poppe Andrade y Franklin Ricardo Poppe Cardozo contra el recurrente; la contestación cursante de fs. 306 a 309; el Auto de concesión de 29 de octubre de 2024, visible a fs. 310; todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Karen Isabel, Erick Alejandro, David Enrique todos Poppe Andrade y Franklin Ricardo Poppe Cardozo, mediante memorial de fs. 117 a 121, subsanado de fs. 129 a 131 vta., de obrados, plantearon demanda ordinaria de usucapión decenal o extraordinaria en contra de Martha Quiroga Poppe Vda. de Asturizaga, quien una vez citada, ante la falta de respuesta mediante auto de 01 de diciembre de 2023 obrante a fs. 142, fue declarada rebelde; posteriormente, por escrito de fs. 161 a 163 vta., de obrados se apersonó y purgo rebeldía; desarrollándose de esa manera la causa, hasta la emisión de la Sentencia Nº 168/2019, de 9 de abril, cursante de fs. 266 a 270 vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial 7º de la ciudad de La Paz declaró PROBADA la demanda ordinaria de usucapión, disponiendo la inscripción definitiva en favor de los demandantes.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Martha Quiroga Poppe Vda. de Asturizaga representada legalmente por Bismark Emanuel Pinto Salas, a través del escrito cursante de fs. 276 a 278, originó que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 595/2024, de 30 de agosto, visible de fs. 292 a 299, que CONFIRMÓ la Sentencia apelada, todo en aplicación del art. 218.II.2) del Código Procesal Civil.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Martha Quiroga Poppe Vda. de Asturizaga representada legalmente por Bismark Emanuel Pinto Salas, mediante escrito cursante de fs. 301 a 302 vta.; que es objeto de análisis para su admisión.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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