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TSJ

CH 72/2024

Tribunal Supremo de Justicia
1 de julio de 2025Sala PenalMag. Carlos Eduardo Ortega Sivila

Expediente CH 72/2024

Proceso
Incumplimiento de deberes
Sala
Sala Penal
Año
2025

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Texto del fallo

JT O Sucre, 1 de julio de 2025 Arrímese a sus antecedentes el memorial de solicitud de excepción de extinción de la acción penal por prescripción. En consecuencia, póngase a conocimiento de los sujetos procesales a los fines de su contestación.

A efectos de notificación a los sujetos procesales, procédase conforme el art.

161 del Código de Procedimiento Penal, es decir, mediante ciudadania digital y en su defecto notificar mediante algún medio electrónico.

En atención a lo dispuesto, de conformidad al art. 130 del CPP, se suspende el plazo procesal establecido en el primer párrafo del art. 418 del CPP.

AL OTROSÍ 1 y 2.- Arrímese a sus antecedentes.

AL OTROSÍ 4.- No ha lugar el domicilio procesal señalado por encontrarse fuera de la sede judicial. Téngase en cuenta por el Oficial de Diligencias la ciudadanía señalada; y, además, al haber señalado voluntariamente otros medios de notificación (WhatsApp) se tienen como válidos, en virtud a las garantías constitucionales de acceso a ya justicia pronta, oportuna y sin dilaciones establecidas en el art. 115Af dé la CRE...

Zgros E. Al - SALA PEN - RIBUNAL SUPREMO DENUSTICIA rl n - c NN:

A

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Datos del proceso

Demandante
Gobierno Autónomo Municipal de Incahuasi y MINISTERIO PÚBLICO
Demandado
Noe Montero Rocabado y Ediver Llanos Miranda
Proceso
Incumplimiento de deberes
Magistrado relator
Carlos Eduardo Ortega Sivila
Tribunal Supremo de Justicia1 de julio de 2025CH 72/2024Fuente oficial