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TSJ

RE/0002/2023

Tribunal Supremo de Justicia
30 de junio de 2023PlenaMag. SALA PLENA
Proceso
extardición
Sala
Plena
Año
2023

Texto del fallo

Sucre, 30 de junio del 2023

VISTOS: El Auto Supremo N° 75/2023 de 14 de junio, que declaró PROCEDENTE LA SOLICITUD DE EXTRADICIÓN del ciudadano RAILTON DE SOUZA BARROS y/o RAILTON GUIMARAES LORENTINO, la Nota de Clasificación "MUY URGENTE" GM- DGAJ-UAJI-Cs-2116/2023 de 27 de junio, los antecedentes del trámite; y,

ANTECEDENTES PROCESALES I: La Nota de Clasificación "MUY URGENTE" GM- DGAJ-UAJI-Cs 2116/2023 de 27 de junio, suscrita por el Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, refiere que el Auto Supremo N° 75/2023 de 14 de junio, declaró PROCEDENTE LA SOLUCITUD DE EXTRADICIÓN del ciudadano brasileño RAILTON DE SOUZA BARROS y/o RAILTON GUIMARAES LORENTINO, disponiendo su entrega al Estado requirente, a través de los Órganos competentes del Poder Ejecutivo; sin embargo, no se dispuso oficiar al Tribunal Departamental de Justicia que corresponde, a fin de instruir al Juzgado Comisionado, se realicen todos los actuados inherentes a la entrega del ciudadano requerido, en coordinación con la Interpol, tampoco se había hecho referencia a la emisión del Mandamiento de Excarcelación.

Revisados los antecedentes del trámite, se evidencia que por Auto Supremo N° 73/2022 de 7 de junio, de fs. 34 a 35, este Tribunal dispuso la Detención Preventiva con Fines de Extradición del ciudadano de origen brasilero RAILTON DE SOUZA BARROS y que se oficie al Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando para que comisione al Juez Cautelar de Turno en lo Penal, para que asuma conocimiento de la referida Resolución, expidiendo Mandamiento de Detención Preventiva con Fines de Extracción.

Cumplidos los trámites, a través del Auto Supremo N° 75/2023 de 14 de junio, se declaró PROCEDENTE LA SOLICITUD DE EXTRADICIÓN del ciudadano RAILTON DE SOUZA BARROS y/o RAILTON GUIMARAES LORENTINO, disponiendo su entrega al Estado requirente, a través de los Órganos competentes del Poder Ejecutivo.

A efecto del cumplimiento del mencionado Auto Supremo, se emitió copia del mismo al Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando a través del oficio N° 581/2023 de 20 de junio, correspondiendo su complementación en los siguientes términos:

POR TANTO: En cumplimiento del Auto Supremo N° 75/2023 de 14 de junio, se instruye al Tribunal Departamental de Justicia de Pando, para que comisione al Juez de Instrucción Penal Tercero de la capital Pando, ordene la notificación correspondiente con el Auto Supremo mencionado precedentemente y la presente resolución al señor RAILTON DE SOUZA BARROS y/o RAILTON GUIMMARES LORENTINO y emita el Mandamiento de Excarcelación para la entrega del aludido ciudadano al Estado requirente, en coordinación con las entidades competentes del Órgano Ejecutivo y la Interpol.

No intervienen los Magistrado Edwin Aguayo Arando y Ricardo Torres Echalar, al haber expresado su disidencia con el Auto Supremo N° 75/2023 de 14 de junio.

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