Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 6/2017.
FECHA: Sucre, 10 de enero de 2017.
EXPEDIENTE Nº: 1037/2013.
PROCESO : Contencioso Administrativo.
PARTES: Industrias Lácteas La Paz Ltda., contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
VISTOS EN LA SALA PLENA: La demanda contencioso administrativo de fs. 25 a 27, interpuesta por Industrias Lácteas La Paz Ltda., contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, en la que se impugna la Resolución Jerárquica AGIT-RJ 1297/2013 de 7 de agosto de 2013, los antecedentes del proceso, el informe de la Secretaria de Sala Plena, y el informe del Magistrado Tramitador Rómulo Calle Mamani.
CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales y el informe evacuado por secretaria de Sala Plena se evidencia, que admitida la demanda contencioso administrativo por providencia de fs. 38, el demandado se apersono y contesto la demanda de forma negativa, siendo que por providencia de fs. 86, se corrió en traslado para le réplica, que hasta la fecha no presento respuesta alguna ni la notificación al tercer interesado, o algún otro actuado procesal que accione la prosecución de la demanda, lo cual implica manifiesto abandono de la acción procesal, que amerita la aplicación de la previsión contenida en la Disposición Transitoria Décima del Código Procesal Civil, computando el plazo de la misma desde el 16 de marzo de 2014 a la fecha, para que opere la extinción por inactividad del proceso.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA LA EXTINCIÓN POR INACTIVIDAD del proceso y dispone el archivo de obrados.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca
PRESIDENTE
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO
Fdo. Rómulo Calle Mamani
MAGISTRADO
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