Texto del fallo
SALA PLENA
RESOUCIÓN: 09/2023
FECHA: Sucre, 15 de noviembre de 2023.
EXPEDIENTE N°: 11/2023.
PROCESO: Detención Preventiva con Fines de Extradición.
PARTES: Consulado General de la República de Chile
contra Víctor Lincoyan Ramírez Valenzuela.
MAGISTRADO TRAMITADOR: Lic. José Antonio Revilla Martínez.
VISTOS EN SALA PLENA: El Auto Supremo N° 127/2023 de 17 de agosto, que dispone la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano de nacionalidad chilena, Víctor Licoyan Ramírez Valenzuela, los antecedentes del trámite; y,
ANTECEDENTES PROCESALES: La Nota de clasificación "URGENTE" GM-DGAJ- UAJI-Cs 3659/2023 de 10 de octubre, suscrita por el Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, refiere que el Auto Supremo N° 127/2023 de 17 de Agosto, DISPONE LA DETENCION PREVENTIVA CON FINES DE EXTRADICIÓN del ciudadano Víctor Licoyan Ramírez Valenzuela, es decir Licoyan y no Lincoyan, advirtiéndose el nombre correcto del ciudadano requerido como Víctor Lincoyan Ramírez Valenzuela, por lo que solicita a este Tribunal se considere la rectificación con la finalidad de que dicho aspecto sea aclarado ante las autoridades correspondientes.
Revisados los antecedentes del trámite, se evidencia que por Auto Supremo N°127/2023 de 17 de agosto de fs. 62 a 64, este Tribunal dispuso la Detención Preventiva con Fines de Extradición del ciudadano de origen chileno Víctor Licoyan Ramírez Valenzuela y que se oficie al Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, para que comisione al Juez de Instrucción de Turno en lo Penal de la ciudad de Cochabamba, a objeto de que asuma conocimiento de la referida Resolución, expidiendo Mandamiento de Detención Preventiva con Fines de Extradición.
De lo anterior se concluye que al ser evidente lo afirmado en la solicitud presentada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, corresponde corregir el Auto Supremo N° 127/2023 de 17 de agosto.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el artículo 168 del Código de Penal, CORRIGE el Auto Supremo N° 127/2023 de 17 de agosto, en cuanto se refiere a la identidad del ciudadano requerido de extradición, que fue consignada erróneamente como Víctor Licoyan Ramírez Valenzuela, por la denominación correcta como VÍCTOR LINCOYAN RAMÍREZ VALENZUELA, manteniéndose el Auto Supremo N° 127/2023 de 17 de agosto, firme y subsistente en todo lo demás; en consecuencia, por Secretaría de Sala Plena, emítase nuevamente los oficios debiendo adjuntarse copia legalizada del Auto Supremo N° 127/2023 de 17 de agosto y la presente resolución
No interviene el Magistrado Edwin Aguayo Arando por emitir voto disidente en el Auto Supremo N° 127/2023 de 17 de agosto de 2023.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.-